Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
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Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
Serán beneficiarios del subsidio:
3. Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años
se aplicará a las solicitudes de nacimiento del derecho al subsidio por desempleo que se presenten a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
3. Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años
se aplicará a las solicitudes de nacimiento del derecho al subsidio por desempleo que se presenten a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
Última edición por QtalTas el 14.07.12 13:03, editado 1 vez
Invitado- Invitado
Re: Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
y creo que solo cotizan por el 100% y no por el 125% como hasta ahora.
Si vienes de un trabajo a parcial el subsidio también será a parcial y no a total como desde hace unos años
Si vienes de un trabajo a parcial el subsidio también será a parcial y no a total como desde hace unos años
Invitado- Invitado
Re: Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
A efectos de determinar la cotización en los supuestos indicado en los apartados 1 y 2 anteriores se tomará como base de cotización el tope mínimo de cotización vigente en cada momento
Invitado- Invitado
Re: Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
jope, jope, a los 55 años.. toma castaña, toma castaña
Invitado- Invitado
Re: Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
Veis? yo sin querer abrir el BOE y ya me estoy poniendo de mala leche.
Pues si es a los 55 años, que le cambien el nombre pera ya, joder, estoy harto de los eufemismos mentirosos.
Hasta ahora, o hasta ayer, cotizaban para la JUBILACIÓN por el 125% de la base minima, unos 915 euros... ¿y ahora? ¿la base mínima???? LADRONES.
Encima de que favorecen que a un empreario le salga mas rentable echar a un trabajador mayor con antigüedad y substituirlo por un joven, favorenciendo este Sistema PERVERSO capitalista que solo maximiza beneficios sin importar cómo, encima que los tiran a los leones y saben que JAMAS (o casi) van a volver a encontrar trabajo y les condenan a la casi indigencia, encima les cotizarán para pasar una jubilación de pobreza...
[b]
Pues si es a los 55 años, que le cambien el nombre pera ya, joder, estoy harto de los eufemismos mentirosos.
Hasta ahora, o hasta ayer, cotizaban para la JUBILACIÓN por el 125% de la base minima, unos 915 euros... ¿y ahora? ¿la base mínima???? LADRONES.
Encima de que favorecen que a un empreario le salga mas rentable echar a un trabajador mayor con antigüedad y substituirlo por un joven, favorenciendo este Sistema PERVERSO capitalista que solo maximiza beneficios sin importar cómo, encima que los tiran a los leones y saben que JAMAS (o casi) van a volver a encontrar trabajo y les condenan a la casi indigencia, encima les cotizarán para pasar una jubilación de pobreza...
[b]
Invitado- Invitado
Re: Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
¿Pero no decía el Sr. Rajoy que no iba a tocar el desempleo?
Democracia secuestrada, engaño masivo, estafa....
Creo que es el momento de que los empleados públicos abanderemos esta lucha, junto con los desempleados, empleados privados, mineros....
Democracia secuestrada, engaño masivo, estafa....
Creo que es el momento de que los empleados públicos abanderemos esta lucha, junto con los desempleados, empleados privados, mineros....
Invitado- Invitado
Duda?
Tengo una duda, el 8 de mayo solicite el subsidio de mas de 52 años y estoy en espera que llegue a ss el E 301 de Inglaterra a la ss y estos a su vez se lo remitan a el inem.
¿esto me afecta a mi solicitud?
¿esto me afecta a mi solicitud?
Invitado- Invitado
Re: Subsidio > 52 años, otro recorte "oculto"
Esto es lo que dice la D.F decimotercera de la perla publicada (RD Ley 20/2012):javier2 escribió:Tengo una duda, el 8 de mayo solicite el subsidio de mas de 52 años y estoy en espera ...¿esto me afecta a mi solicitud?
2. Lo dispuesto en los artículos 215.1.3, 215.3.2, 216.3 y 217.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social se aplicará a las solicitudes de nacimiento del derecho al subsidio por desempleo que se presenten a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
Según esa redacción, está claro que no te afecta (tu caso es el del art. 215.1-3); ahora bien, visto lo oido, y a la espera de las correcciones de errores y el conejo de la chistera... todo es posible
Invitado- Invitado
Duda
Gracias, joder me había acojonado. pero la verdad esto no hay derecho, hacer recortes en una parte de la sociedad que lo tiene crudo
Invitado- Invitado
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