Empleados públicos de la Seguridad Social
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Macroconcurso (continuación)

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Mensaje  Invitado 22.03.11 19:25

animosa escribió:
Al final, solo concretan una fecha !!!, luego a primeros, a mediados, que mal rollo no?

A mi un jefe muy, muy superior, me ha dicho esta mañana que saldrá antes el del INEM que el de la SS.


Pues vista la parsimonia que se van a tomar en ultimar los flecos del Macro, es muy posible. No comprendo que desde que se cierren las renuncias hasta que se le dé a la tecla pasen dos semanas, y mucho menos que pase una o dos desde que el listado definitivo está ejecutado hasta que se manda al BOE, donde ya se ocupan del tema con la celeridad habitual.

Siempre he dudado que la capacidad mental de los que dirigen el cotarro dé para urdir oscuros contubernios, pero empiezo a sospechar después de lo de hoy. Un provisional del C147 a finales de marzo y si se ponen las pilas finalizando la resolución de alegaciones y renuncias en la segunda semana de abril, podría dar lugar a que por los pelos se pudiera adelantar a la resolución definitiva del Macro. Y con ello se evitarían la fuga de unos cuantos efectivos.

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Macroconcurso (continuación) - Página 25 Empty El 3 de mayo.

Mensaje  Invitado 22.03.11 20:01

Ya que la cosa va de porras, ahí va la mía: se publica en el BOE del 15 de abril, pero con efectos de toma de posesión a partir el 3 de mayo (normalmente es al día siguiente de la publicación). Los efectos económicos el 1 de mayo. Y con toda seguridad los sindicatos a primeros de abril dispondrán del listado definitivo tras la ejecución del mismo. Que lo publiquen o que simplemente lo compartan con afines es todo un misterio sobre el que no me atrevo a apostar.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:04

Un asunto sobre la toma de posesión si cogemos plaza.

- Publicación en el BOE: 3 días hábiles para el CESE.

- Desde el cese: 3 días hábiles / 1 mes (si hay o no cambio de residencia) para la TOMA DE POSESIÓN.
Question Aquí me surge una cuestión: creo que ese tiempo que media entre cese y toma de posesión NO se cobra. ¿Es correcto?



Y en relación con esto aparece la Disposición Adicional 5ª del RD 364/95 (Reglamento de Personal...), que da 3 días / 1 mes (si hay o no cambio de residencia) a los funcionarios que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala.
Question ¿Nos corresponde realmente? Sospecho que seguiremos siendo parte del Cuerpo General Auxiliar / Administrativo, con lo cual este articulito no nos afectaría. ¿Qué opináis?

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:06

DP escribió:Ya que la cosa va de porras, ahí va la mía: se publica en el BOE del 15 de abril, pero con efectos de toma de posesión a partir el 3 de mayo (normalmente es al día siguiente de la publicación). Los efectos económicos el 1 de mayo. Y con toda seguridad los sindicatos a primeros de abril dispondrán del listado definitivo tras la ejecución del mismo. Que lo publiquen o que simplemente lo compartan con afines es todo un misterio sobre el que no me atrevo a apostar.

No sé si eso sería posible, ya que la orden por la que se convocó el concurso dice expresamente que el cese se producirá en el plazo de tres días hábiles desde la publicación en el BOE. Así pues no sé si eso deja lugar a demorar los efectos de la publicación.

EDITO: Lo que se dice en la Orden por la que se convoca el Macro es copia literal de lo dispuesto por el artículo 48 RD 364/95.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:11

Al menos antes si se cobraba SPEE, claro que yo me refiero a dentro del mismo organismo,pero supongo que aunque vengas de otro lo cobrarás igualmente.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:15

STROGOFF escribió:Al menos antes si se cobraba SPEE, claro que yo me refiero a dentro del mismo organismo,pero supongo que aunque vengas de otro lo cobrarás igualmente.

¿A cuál de las dos cuestiones que hago te refieres, que no me queda claro? :S

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:26


Volvemos a la ineficacia de la AGE, ya sabemos todos, que la fecha tope para las renuncias es este viernes, día 25, y sin embargo a esta hora, las 20 h 21`, todabía no ha sido publicada la nota en la página del Ministerio, tal y como refleja la nota del listado provisional, que dice que se publicará la fecha tope de renuncias, pero como ya digo por ahora nada de nada.

Espero que este retraso no sea, que han cambiado de idea y que van ha dar otra fecha para renuncias.

Buyeno si todo sigue como han comunicado nos queda un poco más de un mes para saber definitivamente, si obtenemos o no plaza y donde.

Saludos a todos. mbounce mbounce mbounce

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:32

DP escribió:Ya que la cosa va de porras, ahí va la mía: se publica en el BOE del 15 de abril, pero con efectos de toma de posesión a partir el 3 de mayo (normalmente es al día siguiente de la publicación). Los efectos económicos el 1 de mayo. Y con toda seguridad los sindicatos a primeros de abril dispondrán del listado definitivo tras la ejecución del mismo. Que lo publiquen o que simplemente lo compartan con afines es todo un misterio sobre el que no me atrevo a apostar.

Acepto el desafío:
Se publica en el BOE a finales de abril, el 28 que es jueves, por ejemplo, y tres días para tomar posesión. Como hay que tomar posesión en mayo (mínimo el día 2, salvo para Comunidades Autónomas que disfruten de festivo), los efectos económicos serán del 1 de junio para los que cambien de destino, o sea, para todos ya que el período posesorio es a cargo del centro del que te vas. No se va a filtrar a los sindicatos porque en estos momentos hay muy mal rollo con el ministerio y porque no se ha filtrado nunca.
Vamos, que no coincido en nada contigo.
Pero espero que tengas razón y lo sepamos el 15 de abril y a ser posible que se filtre antes.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:41

Me hago la misma pregunta que Feluchina:"¿qué quiere decir eso de que de Tesorería se siguen remitiendo alegaciones? ¿no se había agotado el plazo o es que las tenían guardadas en un cajón?". No lo entiendo...

Pienso que una vez lo publiquen en el BOE, los plazos empiezan a contar a partir del día siguiente, no creo que lo publiquen a mediados de un mes y con fecha de efectos a principios del otro. Así que tendrá que ser el último martes hábil del mes de abril, o sea el 26 de abril, y el lunes, mes de mayo, incorporación de los que tienen sólo 3 días.



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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:47

Mar escribió:Me hago la misma pregunta que Feluchina:"¿qué quiere decir eso de que de Tesorería se siguen remitiendo alegaciones? ¿no se había agotado el plazo o es que las tenían guardadas en un cajón?". No lo entiendo...

Pienso que una vez lo publiquen en el BOE, los plazos empiezan a contar a partir del día siguiente, no creo que lo publiquen a mediados de un mes y con fecha de efectos a principios del otro. Así que tendrá que ser el último martes hábil del mes de abril, o sea el 26 de abril, y el lunes, mes de mayo, incorporación de los que tienen sólo 3 días.



Pero si se publica un martes (26), te cesan un miércoles (27) y tienes que tomar posesión el viernes (29, tercer día hábil tras la publicación). No me cuadra.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:52

A mi lo que me sigue intrigando es lo siguiente:

3) Resultas no cubiertas
El Ministerio se ha comprometido a que se adjudiquen todas las resultas que
en la ejecución provisional no se adjudicaron.

Respecto al tema de la publicación en el BOE, pienso que reservarán el día exacto para mayo sin complicarse la vida.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 20:57


Si,... esto es lo que quieren evitar.

Y con ello se evitarían la fuga de unos cuantos efectivos.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 21:01

Os transcribo la nota que en el anterior Macro del año 2006 publicó UGT:

Martes 13: Publicación BOE.
Miércoles 14: Previsión de cese general.
Jueves 15: Primer día hábil de toma de posesión.
Viernes 16: Segundo día hábil de toma de posesión.
Sábado 17: Tercer y último día hábil de toma de posesión que pasaría al lunes 19.

Este calendario de actuaciones no afectará a los adjudicatarios que se incorporan
desde otros departamentos y es distinto cuando se trata del mes al que se tiene derecho
cuando se cambia de “residencia” como consecuencia del concurso.
Es importante recordar que este mes no es por cambio de “localidad” como
establecía el artículo 18 del Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, que fue reemplazado
por el actual Reglamento de provisión.
La toma de posesión real (física, en el centro de trabajo) de quienes no cambien de
residencia sería el lunes 19, por imposibilidad de hacerlo el tercer día hábil posterior al
cese (sábado).
Con independencia de ello, y sin menoscabar el derecho de los funcionarios al
disfrute de los días que les correspondan, según haya o no cambio de residencia, la
Administración emitirá los documentos de toma de posesión para todos por igual con
fecha del 15 de febrero.
Tanto el cese como el acto denominado “toma de posesión” no implican
ninguna actuación por parte del funcionario, en el sentido de ir físicamente a recibir el
cese (que hace la Administración de oficio) o ir físicamente a tomar posesión (que también
hace la Administración de oficio). Es decir, y valga como ejemplo que aquellos
funcionarios que estén de vacaciones en provincia distinta a aquella en la que trabajan
no tienen por qué volver a dicha provincia para nada, salvo el último día que tengan
para tomar posesión, en el cual deberán acudir a su nuevo puesto de trabajo.
Finalmente, los efectos retributivos del macro, tanto para los que cambien de
residencia como para los que no cambien, serán a partir del 1 de marzo, según lo
preceptuado en la Resolución de 2 de enero de 2007, de la Secretaría de Estado de
Hacienda y Presupuestos.
FSP-UGT SEGURIDAD SOCIAL

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Mensaje  Invitado 22.03.11 21:15

A primera hora de esta tarde sobre las 16:00 CC.OO. han publicado una nota en el Lotus-Notes respecto a todo esto. Valoración y renuncias hasta el 25 de este mes. Resoluciones definitivas sobre el día 15 del mes que viene para después de semana santa publicación en el BOE; es decir que el mes de mayo, florido y hermoso, os dedicaréis a mudanzas, cambios y ocupaciones de destino. Así, mañana a nada más enchufaros al ordenador directos, sin mirar el control de presencia, al Lotus.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 21:59

Confirmado, si no lo sacan antes es por que no quieren!! La única razón que se me ocurre para que se pueda retrasar unos días es que incorporen más plazas, pero lo de la publicación en el BOE y toma de posesión, simplemente no tiene nombre. Y si filtran la lista una vez lista (que bonito juego de palabras) pues aún menos mal, porque si no menuda tortura.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 22:18

Relaxitaxi no vamos a ver los destinos definitivos hasta que salgan publicados en el BOE.

Gaspar esa nota de la que hablas de CCOO en el Lotus (pdf) es la que se está comentando aquí.

Otra duda que me asalta, en ese comunicado no habla nada de las bajas vegetativas producidas durante estos largos meses, esperemos que no se las hayan olvidado ... ¿?

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Mensaje  Invitado 22.03.11 23:04

En esta nota de ccoo no me cuadra lo de las resultas ,los datos de renuncias, alegaciones y sobre todo lo de los 900 nuevos , solamente los de correos fomento son esos 900 y si le sumamos los de interior, trabajo emigracion, economia y hacienda, industria etc. suman muchos mas.

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Mensaje  Invitado 22.03.11 23:15

Por favor, alguien con experiencia en concursos, me puede explicar, de una vez por todas, qué se entiende y hasta donde se entiende en la expresión: un mes si "IMPLICA CAMBIO DE RESIDENCIA".

¿Qué tengo que residir en la localidad que me asignen?¿qué si trabajo, digamos en Madrid, y me dan otra oficina de Madrid, y me cambio de residencia dentro de Madrid, también me dan el mes?¿que es suficiente con cambiar a una residencia que me permita acudir al centro de trabajo aún incluso yéndome más lejos de dónde vivo actualmente, por ejemplo, trabajo y vivo en madrid, me dan otra oficina de madrid, y me da por irme a vivir a Parla, también me dan el mes por cambio de residencia?,...

Repito las bases y el reglamento 364/1995 solo hablan de que "implique cambio de residencia"...y por tanto yo entiendo que en todos los supuestos que planteo sería posible el mes de permiso, puesto ¿quién valora que el nuevo puesto "implique" o deje de "implicar" un cambio de residencia? es algo muy subjetivo que pienso que no se puede determinar por lo que entiendo que en todo caso debería ser un mes de permiso.

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Mensaje  Invitado 23.03.11 0:57

No, más sencillo: Si tu vives en la calle -A- de Madrid capital y trabajas en la calle -Z- también de Madrid capital, pides el traslado a la oficina de la calle -M- de Madrid capital, tienes tres días para el cambio de una a otra oficina, Puedes irte a vivir a Parla o a Mostoles o si quieres a Toledo o a Guadalajara, tendrás solamente tres días. A la empresa le importa tres pepinos donde vivas lo que le importa y es el detalle que tu domicilio es donde trabajas y nada más.

Si vives en la calle -A- de Madrid y pides cambio de puesto de trabajo a Toledo tendrás un mes para el cambio de lugar de destino, aunque no cambies de domicilio y sigas queriendo vivir en la calle-A- de Madrid. Antes, y ahora no lo se, pagaban parte de la mudanza siempre y cuando lo justificaras con facturas el cambio de vivir en Madrid a vivir en Toledo. Pero me parece que ya han quitado esta ayuda o tal vez en las ayudas sociales de cada año den algo.

Es aconsejable no apurar al máximo los días de permiso; si te dan tres días utiliza dos, y si te dan un mes mejor utilizar 25 días.

El domicilio de residencia es en función donde esté la oficina donde trabajas no donde realmente vives y tienes dirección postal. Repito que a la empresa le importa bien poco donde vives, Lo que le interesa es que cada día trabajes en ella y tanto le da que vivas en la misma escalera donde está la oficina que a 40 kilómetros.

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Mensaje  Invitado 23.03.11 1:07

Creo que eso viene heredado de cuando había que residir en el mismo municipio donde estaba tu destino, lo cual quedó anticuado desde que lo redactaron y finalmente se eliminó hace no mucho creo.

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Mensaje  Invitado 23.03.11 7:25

Spee, me referia a la primera cuestión,al menos antes el tiempo que se tardaba en tomar posesión por efectos de un concurso estaba remunerado.
Después de leer lo de cambio de domicilio me asalta una duda,que supongo que al final tendré que solventar llamando recursos humanos de mi provincia, el caso es que si, POR FIN ,el macro se resuelve y tengo el mismo destino que en el provisional me voy a un pueblo que está a 30 km de mi actual destino,¿eso serían tres dias o un mes?, yo supongo que tres dias,pues no tengo que cambiar de domicilio, pero hacer una llamadita no está de mas.

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Mensaje  Invitado 23.03.11 8:34



Buenos días "muchachada", he entrado en la página del MITN, y ya es oficial, ya han colgado la nota informativa exponiendo que se acaba el plazo de renuncias el Viernes 25 a las 14,30h.

A lo que no hace referencia es al resto, me refiero al asunto de cierre total y envío al BOE, los que ya teneis experiencia, ¿Sacan otra nota?, o bien toda la información viene de compañeros, via foro, o por comunicados sindicales.

Bien ya me orientareis si podeis.

Saludos y esperemos que no haya execivos cambios en la definitiva, y si los hay que sean para mejor, por pedir que no quede.

lol! lol! PC PC PC relol relol

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Mensaje  Invitado 23.03.11 10:37

Gaspar de Guzmán escribió:No, más sencillo: Si tu vives en la calle -A- de Madrid capital y trabajas en la calle -Z- también de Madrid capital, pides el traslado a la oficina de la calle -M- de Madrid capital, tienes tres días para el cambio de una a otra oficina, Puedes irte a vivir a Parla o a Mostoles o si quieres a Toledo o a Guadalajara, tendrás solamente tres días. A la empresa le importa tres pepinos donde vivas lo que le importa y es el detalle que tu domicilio es donde trabajas y nada más.

Si vives en la calle -A- de Madrid y pides cambio de puesto de trabajo a Toledo tendrás un mes para el cambio de lugar de destino, aunque no cambies de domicilio y sigas queriendo vivir en la calle-A- de Madrid. Antes, y ahora no lo se, pagaban parte de la mudanza siempre y cuando lo justificaras con facturas el cambio de vivir en Madrid a vivir en Toledo. Pero me parece que ya han quitado esta ayuda o tal vez en las ayudas sociales de cada año den algo.

Es aconsejable no apurar al máximo los días de permiso; si te dan tres días utiliza dos, y si te dan un mes mejor utilizar 25 días.

El domicilio de residencia es en función donde esté la oficina donde trabajas no donde realmente vives y tienes dirección postal. Repito que a la empresa le importa bien poco donde vives, Lo que le interesa es que cada día trabajes en ella y tanto le da que vivas en la misma escalera donde está la oficina que a 40 kilómetros.

Me parece que no es así. Yo (salvo cambios en el definitivo) me cambio de provincia pero no de domicilio y por ello, sólo me dan tres días para tomar posesión. De todas formas esas dudas se pueden resolver en el departamento de personal, que sin duda estarán muy acostumbrados.

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Mensaje  Invitado 23.03.11 10:58

3) Resultas no cubiertas
El Ministerio se ha comprometido a que se adjudiquen todas las resultas que
en la ejecución provisional no se adjudicaron.

Respecto este apartado del comunicado de ayer de CCOO, he averiguado que el día 4 de marzo USO presentó un escrito de alegaciones a la Comisión de Valoración del concurso MACRO, el cual dice así:

Irregularidades del Macro Concurso.
Viernes, 04 de Marzo de 2011 11:22

La Sección Sindical de USO-Seguridad Social presentó el pasado 3 de marzo, por registro, escrito dirigido a la Subdirección General de Ordenación de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo e Inmigración en el que le solicitamos información respecto de posibles "resultas" no adjudicadas en el Listado Provisional de Adjudicaciones del Concurso Macro, instándole para que en su caso, se proceda a la adjudicación de las mismas en la Resolución definitiva, así como que se nos remita copia de las Actas de la Comisión de Valoración del citado Concurso, a los efectos de poder atender adecuadamente algunas de las consultas que nos estáis planteando estos días.

En concreto, desde esta Sección Sindical hemos detectado la no adjudicación de las resultas de la Intervención General de la Seguridad Social y del Instituto Social de la Marina.

En el escrito remitido a Soledad López Larrio, le instamos a que el Ministerio nos confirme si efectivamente esas plazas han quedado vacantes y en su caso, a que Entidades y/o Servicios Comunes afecta.

El escrito presentado --> http://www.fep-uso.es/attachments/1808_2011.03.03%20-%20SSESSO%20-%20Resultas%20y%20ACTAS.pdf

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Mensaje  Invitado 23.03.11 14:53

Ojo a las renuncias que generaban resultas... Por otro lado, UGT habla de la publicación a mediados de abril.

CIRCULAR DE UGT

CIRCULAR: 187 – 23/03/2011

Madrid, 23 de marzo de 2011

Estimados Compañeros/as:

Ayer 22 de marzo de 2011, tuvo lugar la reunión de la Comisión de Valoración del
concurso Macro de la Seguridad Social en la que la Administración ha informado del
número de renuncias totales de participación que hasta la fecha han sido de 101.

Estas renuncias generan nuevas expectativas para el resto de solicitantes que
pueden obtener la plaza a la que renuncia el solicitante, no obstante, si el renunciante
generaba una resulta, ésta dejaría de producirse y por lo tanto puede ocurrir que quien en
el listado provisional haya sido adjudicatario de una plaza por resulta, no le corresponda
.
La Administración no sabe precisar hasta el listado definitivo, que plazas adjudicadas por
resultas decaerían.


Las renuncias corresponden mayoritariamente al INSS (48) y a la TGSS (45).

Así mismo se nos ha informado del número de alegaciones que suman hasta el
momento 623, de las que 177 proceden de fuera del sistema, habiendo sido estimadas
227 y desestimadas 396.

Según nos afirman, en todos los casos, tanto las estimadas que obtienen puesto
como las que no, así como las desestimadas, han generado una revisión de la valoración
de la solicitud del reclamante.

La incorporación de nuevos efectivos procedentes de otras administraciones como
consecuencia de este concurso se calcula en torno a los 900 trabajadores y trabajadoras.

El plazo para la formulación de nuevas renuncias totales se prorroga hasta el día 25
del presente mes a las 14,30 h, no admitiéndose ninguna a partir de ese momento, en el
que se iniciará el proceso de los datos del concurso para la emisión del listado definitivo
que se confía haber publicado antes de mediados del mes de abril.

Tanto por parte de UGT como del resto de organizaciones se han interesado
diferentes aspectos relativos a la inclusión en el concurso de nuevas vacantes que se
hayan podido generar durante su tramitación así como de la adjudicación de todas las
vacantes resultantes, sin excepción alguna.

Seguiremos informando

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