Ayuda por cuidado de hijo enfermo
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Ayuda por cuidado de hijo enfermo
Soy de Muface y estoy en la SS. He pedido la ayuda por cuidado de hijo con enfermedad grave, es diabético, y me ha sido denegada. Alegan que o está ingresado. En la empresa privada la conceden sin problema, y sin ingreso ya que la enfermedad requiere de un tratamiento continuo, directo y permanente, sobre todo en el caso de mi hijo de 4 años de edad.
Hy alguien en este caso? Alguien que la tenga? Alguien que haya ido a juicio?
Gracias
Hy alguien en este caso? Alguien que la tenga? Alguien que haya ido a juicio?
Gracias
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
Ahí te va un enlace al anexo que recoge las enfermedades incluidas:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/150352
Sólo se incluye la Diabetes Mellitus tipo I, como puedes ver y como imagino te habrán informado (o deberían haberlo hecho)
Se considera situación protegida la reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario, que lleven a cabo los progenitores, adoptantes o acogedores de carácter familiar preadoptivo o permanente, cuando ambos trabajen, para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer o u otra enfermedad grave de las incluidas en el listado del anexo del RD 1148/2011, de 29 de julio, que implique un ingreso hospitalario de larga duración que requiera su cuidado directo, continuo y permanente, durante la hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
Se considera como ingreso hospitalario de larga duración, la continuación del tratamiento médico o el cuidado del menor en domicilio tras el diagnóstico y hospitalización por la enfermedad grave.
Con respecto a los causantes:
Los hijos o menores acogidos a cargo del beneficiario siempre que:
Sean menores de 18 años.
Padezcan cáncer o una enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración.
Y, además, precisen cuidado directo, continuo y permanente de sus progenitores, adoptantes o acogedores.
Los requisitos deben concurrir todos y cada uno, no sólo uno de ellos (por eso la conjunción no es disyuntiva: es "y", no "o", por si eso te ha llevado a error)
Como puedes ver, la situación protegida es clara, y se recoge en la normativa indicada, y se requiere ingreso hospitalario DE LARGA DURACIÓN.
Además, entre la documentación que debiste presentar se debía incluir, literalmente:
Declaración del facultativo del Servicio Público de Salud en el que conste que el menor se encuentra afectado por cáncer u otra enfermedad grave que requiere ingreso hospitalario de larga duración, indicando la fecha estimada de duración del ingreso y si el menor precisa un tratamiento continuado de la enfermedad, fuera del centro hospitalario, que indique la duración estimada del mismo.
Sobre lo que también comentas, es imposible que una misma situación sí dé origen a la prestación si los padres trabajan en "la empresa privada", como tú dices, y no si son funcionarios públicos como ha sido tu caso. No hay dos varas de medir. Siempre sugiero que nadie compare su situación con casos de conocidos, amigos o familiares, porque la película nunca es como te la cuentan. Si no has tenido acceso al historial médico de otro menor cuyos padres sean trabajadores del Régimen General, y sepas y conozcas con pelos y señales su situación REAL (no lo que cuenten), no compares nunca dos casos porque es difícil que sean idénticos.
De todos modos, si no estás conforme con lo que han resuelto, imagino que en la resolución que te hayan comunicado habrán incluido el pie de recurso donde te expliquen el plazo que tienes para interponer reclamación previa, que como ya sabrás es el paso que debes dar antes de acudir a la vía judicial. Suerte!
http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/150352
Sólo se incluye la Diabetes Mellitus tipo I, como puedes ver y como imagino te habrán informado (o deberían haberlo hecho)
Se considera situación protegida la reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario, que lleven a cabo los progenitores, adoptantes o acogedores de carácter familiar preadoptivo o permanente, cuando ambos trabajen, para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer o u otra enfermedad grave de las incluidas en el listado del anexo del RD 1148/2011, de 29 de julio, que implique un ingreso hospitalario de larga duración que requiera su cuidado directo, continuo y permanente, durante la hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
Se considera como ingreso hospitalario de larga duración, la continuación del tratamiento médico o el cuidado del menor en domicilio tras el diagnóstico y hospitalización por la enfermedad grave.
Con respecto a los causantes:
Los hijos o menores acogidos a cargo del beneficiario siempre que:
Sean menores de 18 años.
Padezcan cáncer o una enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración.
Y, además, precisen cuidado directo, continuo y permanente de sus progenitores, adoptantes o acogedores.
Los requisitos deben concurrir todos y cada uno, no sólo uno de ellos (por eso la conjunción no es disyuntiva: es "y", no "o", por si eso te ha llevado a error)
Como puedes ver, la situación protegida es clara, y se recoge en la normativa indicada, y se requiere ingreso hospitalario DE LARGA DURACIÓN.
Además, entre la documentación que debiste presentar se debía incluir, literalmente:
Declaración del facultativo del Servicio Público de Salud en el que conste que el menor se encuentra afectado por cáncer u otra enfermedad grave que requiere ingreso hospitalario de larga duración, indicando la fecha estimada de duración del ingreso y si el menor precisa un tratamiento continuado de la enfermedad, fuera del centro hospitalario, que indique la duración estimada del mismo.
Sobre lo que también comentas, es imposible que una misma situación sí dé origen a la prestación si los padres trabajan en "la empresa privada", como tú dices, y no si son funcionarios públicos como ha sido tu caso. No hay dos varas de medir. Siempre sugiero que nadie compare su situación con casos de conocidos, amigos o familiares, porque la película nunca es como te la cuentan. Si no has tenido acceso al historial médico de otro menor cuyos padres sean trabajadores del Régimen General, y sepas y conozcas con pelos y señales su situación REAL (no lo que cuenten), no compares nunca dos casos porque es difícil que sean idénticos.
De todos modos, si no estás conforme con lo que han resuelto, imagino que en la resolución que te hayan comunicado habrán incluido el pie de recurso donde te expliquen el plazo que tienes para interponer reclamación previa, que como ya sabrás es el paso que debes dar antes de acudir a la vía judicial. Suerte!
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
No es caso de conocido, es que dos progenitores, el que trabaja de funcionario le ha sido denegado, y al que trabaja en la privada aceptado. Siendo padres de la misma niña, vamos la misma situación.
Se cumplen todos los requisitos, pero al no estar ingresado actualmente no lo aceptan, no consideran prolongación del ingreso el tratamiento continuado.
Si alguien ha estado en la situación...
Se cumplen todos los requisitos, pero al no estar ingresado actualmente no lo aceptan, no consideran prolongación del ingreso el tratamiento continuado.
Si alguien ha estado en la situación...
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
Vamos a ver... tú te has leído la resolución en la que te lo deniegan y por que te lo deniegan? Es que no me encaja lo que me estás contando porque sólo puede pedirlo uno de los dos progenitores!
Ve a donde lo has tramitado o acércate al CAISS próximo y que te informen y entérate bien, o entra en la página que te he puesto y ahí lo tienes explicado y más claro que el agua
3. Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes o acogedoras tuvieran derecho al subsidio solamente podrá reconocerse a una de ellas, con independencia del número de menores que estén afectados por cáncer u otra enfermedad grave y que requieran un cuidado directo, continuo y permanente
Ve a donde lo has tramitado o acércate al CAISS próximo y que te informen y entérate bien, o entra en la página que te he puesto y ahí lo tienes explicado y más claro que el agua
3. Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes o acogedoras tuvieran derecho al subsidio solamente podrá reconocerse a una de ellas, con independencia del número de menores que estén afectados por cáncer u otra enfermedad grave y que requieran un cuidado directo, continuo y permanente
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
Independientemente del hecho de que no exista hospitalización previa, que ya sería una causa de denegación, la ley establece claramente que no lo pueden percibir los dos progenitores, y es así y es lo que hay. Lee bien la resolución para enterarte realmente de por que te lo han denegado, o ve a donde te he comentado para que te lo expliquen si no te queda claro
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
[Dios como controláis el tema...ole! A mi me viene una de esas cada año (o cada dos) y es ponerse a buscar en infobass a ver qué era eso...]
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
Para eso está infobass, jejeje. En mi oficina también entran muy pocas cada año pero da la casualidad de que recogí 2 en este mes, por desgracia
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
El tio del amigo del vecino de arriba de mi casa, vamos.... jeje, sin acritud, lo que quiero decir es que como te ha explicado sabiamente Abbelon hay muchas cosas que no cuadran... Y solo es para uno de los progenitores. Si ya se lo habían concedido al progenitor "trabajador", al progenitor funcionario, nada de nada.Noether escribió:No es caso de conocido, es que dos progenitores, el que trabaja de funcionario le ha sido denegado, y al que trabaja en la privada aceptado.
Lo siento, pero no se puede hablar de oídas. Bueno, poder se puede. Pero cada día riño a cualquier usuario que me viene con esas,... (amistosamente hablando, que soy un trocito de pan... ).
La verdad es que me gusta la atención al público, y ¿sabes qué?, nos pagan por ello.... Anda, coge la Resolución y te vas al CAISS (oficina de Atención e Información de la SS., que en tu provincia habrá varias), y a preguntar, sin miedo ni vergüenza. Hay hojas informativas muy chulas, el Infoexpress. Gratis, gratis.... Y si no tienes nada, puedes preguntar simplemente en general por esta prestación... que no hay que dar explicaciones. O mirar nuestra web. Es cierto, igual tienes que coger cita previa (como para ir al medico, al inem... etc).
En general, las "prestaciones" de los funcionarios comparadas con las de "trabajadores" (no funcionarios), suelen ser mas ventajosas... De hecho, yo esta semana casi meto la pata con una Adopción Internacional, que para el común de los trabajadores hay un tope de edad, el niño/a no puede tener mas de 6 años, y para los funcionarios no hay límite de edad.... Y no me dijo ni me percaté que era funcionaria...
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
Sí igual que la elección del periodo de paternidad que los NO-funcionarios pueden elegir, y los funcionarios no pueden elegir.
Igual que la jubilación activa, que es para todo perro pichichi menos para los funcionarios.
Yo no veo claro eso que dices que nuestras prestaciones son más ventajosas. Algunas sí y otras no. Y en general (lo digo así a bote pronto, no hice un estudio pormenorizado) creo que son peores las de los funcionarios, al fin y al cabo para algo son el enemigo a batir (y desprestigiar) por el gobierno.
Igual que la jubilación activa, que es para todo perro pichichi menos para los funcionarios.
Yo no veo claro eso que dices que nuestras prestaciones son más ventajosas. Algunas sí y otras no. Y en general (lo digo así a bote pronto, no hice un estudio pormenorizado) creo que son peores las de los funcionarios, al fin y al cabo para algo son el enemigo a batir (y desprestigiar) por el gobierno.
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
Bueno... me reñiré a mi mismo por hablar "en general"....
Y hablaba no necesariamente de "prestaciones" monetarias, también de derechos laborales, casi como una “sensación”, y por tanto, subjetiva...
Y sí, que habría que mirar una por una, cierto.
Pero es que además, ni todos los funcionarios son iguales, ni todos los de la privada son iguales... Hay funcionarios de clases pasivas, otros que no, unos se pueden jubilar a los 60 con 30 años cotizados al 100% (ya lo quitarán próximamente), unos tienen Muface, sanidad privada, otros no, y dependiendo de la provincia donde vivas, tienes unas ventajas u otras, en cuanto al tema horario, al tema cómo cogerse las vacaciones (días sueltos o no, junto con moscosos, mínimo 5, etc... es trágico, pero cada provincia hace lo que le rota).
Y cierto es, nuestros "privilegios", "ventajas", están desapareciendo... La Incapacidad Temporal la han cambiado, p.ej, pero aún como ha quedado “algo” mas ventajosa sigue siendo (pero hasta hace nada, compáralo con la privada... O háblales de la Acción Social y verás cómo te miran -que este año es una porquería, pero otros años, a algunos, les devuelven bastante-).
La privada, puffff, eso es una jungla. Hay que ver si hay Convenios colectivos -a extinguir-, tipo de trabajo (empresa, temporalidad del contrato... cómo es tu jefe... el "salario del miedo" que tengas -aguantar lo que te diga el caudillo o a la calle, horas, condiciones cambiantes por el morro...)
Pero hablando en general de "prestaciones" (y como digo, no necesariamente monetarias), yo me considero afortunado. (Habrá a algunos que no estarán de acuerdo...). Quizá mis amigos de "la privada" están demasiado explotados-puteados...
Algunos dirán que en las vacas flacas, en la crisis brutal, somos afortunados, y que cuando eran las vacas gordas, cuando hasta el mas "mindundi" te ganada 2000 euros, éramos una porquería...
Yo no era funcionario entonces. Pero tengo una amplio campo de miras de lo que significa "ser funcionario", y no me rijo sólo por lo escuálido o no de nuestro sueldo, plaza que gané en unas duras y masificadas oposiciones, (para los ajenos a La Casa que nos lean) y le sigo viendo ventajas. No se paga con dinero las horas de insomnio, de angustia, de impotencia, de desolación, de algunos padres y madres de familia que se ven abocados al cierre de su empresa, o despido, y a un mercado laboral con 50 años, al no continuo de las entrevistas de trabajo –o peor, al silencio, a la no contestación- y a plantearse cómo sobre-vivir, quizá con un subsidio de 426€… (canción triste de casi todos los días de un CAISS. Los que trabajáis en una DP quizá no me comprendáis).
Será, también, porque tengo la fortuna de trabajar a gusto, en un buen CAISS.
Y también inconvenientes, claro. Y sobre todo, depende de tu aspiraciones, tanto personales como sociales –nunca te vas a hacer rico- , de tu personalidad... Conozco a gente a la que no le recomendaría ser funcionaria...
Nos hemos salido del tema. Se podría crear un hilo nuevo y nos desahogamos –ya que dudo que alguien se lea estos rollos que, a veces, escribo, sólo sirve para que uno se alivie… Y hay cosas mejores que hacer que leerme
Y hablaba no necesariamente de "prestaciones" monetarias, también de derechos laborales, casi como una “sensación”, y por tanto, subjetiva...
Y sí, que habría que mirar una por una, cierto.
Pero es que además, ni todos los funcionarios son iguales, ni todos los de la privada son iguales... Hay funcionarios de clases pasivas, otros que no, unos se pueden jubilar a los 60 con 30 años cotizados al 100% (ya lo quitarán próximamente), unos tienen Muface, sanidad privada, otros no, y dependiendo de la provincia donde vivas, tienes unas ventajas u otras, en cuanto al tema horario, al tema cómo cogerse las vacaciones (días sueltos o no, junto con moscosos, mínimo 5, etc... es trágico, pero cada provincia hace lo que le rota).
Y cierto es, nuestros "privilegios", "ventajas", están desapareciendo... La Incapacidad Temporal la han cambiado, p.ej, pero aún como ha quedado “algo” mas ventajosa sigue siendo (pero hasta hace nada, compáralo con la privada... O háblales de la Acción Social y verás cómo te miran -que este año es una porquería, pero otros años, a algunos, les devuelven bastante-).
La privada, puffff, eso es una jungla. Hay que ver si hay Convenios colectivos -a extinguir-, tipo de trabajo (empresa, temporalidad del contrato... cómo es tu jefe... el "salario del miedo" que tengas -aguantar lo que te diga el caudillo o a la calle, horas, condiciones cambiantes por el morro...)
Pero hablando en general de "prestaciones" (y como digo, no necesariamente monetarias), yo me considero afortunado. (Habrá a algunos que no estarán de acuerdo...). Quizá mis amigos de "la privada" están demasiado explotados-puteados...
Algunos dirán que en las vacas flacas, en la crisis brutal, somos afortunados, y que cuando eran las vacas gordas, cuando hasta el mas "mindundi" te ganada 2000 euros, éramos una porquería...
Yo no era funcionario entonces. Pero tengo una amplio campo de miras de lo que significa "ser funcionario", y no me rijo sólo por lo escuálido o no de nuestro sueldo, plaza que gané en unas duras y masificadas oposiciones, (para los ajenos a La Casa que nos lean) y le sigo viendo ventajas. No se paga con dinero las horas de insomnio, de angustia, de impotencia, de desolación, de algunos padres y madres de familia que se ven abocados al cierre de su empresa, o despido, y a un mercado laboral con 50 años, al no continuo de las entrevistas de trabajo –o peor, al silencio, a la no contestación- y a plantearse cómo sobre-vivir, quizá con un subsidio de 426€… (canción triste de casi todos los días de un CAISS. Los que trabajáis en una DP quizá no me comprendáis).
Será, también, porque tengo la fortuna de trabajar a gusto, en un buen CAISS.
Y también inconvenientes, claro. Y sobre todo, depende de tu aspiraciones, tanto personales como sociales –nunca te vas a hacer rico- , de tu personalidad... Conozco a gente a la que no le recomendaría ser funcionaria...
Nos hemos salido del tema. Se podría crear un hilo nuevo y nos desahogamos –ya que dudo que alguien se lea estos rollos que, a veces, escribo, sólo sirve para que uno se alivie… Y hay cosas mejores que hacer que leerme
Invitado- Invitado
Re: Ayuda por cuidado de hijo enfermo
BUeno si el administrador quiere desgajar estos últimos post a un nuevo hilo... porque sí que nos estamos yendo del tema jaja
Pienso muy similar a ti Juanjo. Al final es todo una percepción subjetiva de cada individuo que viene condicionada por muchos factores personales y del entorno propio de cada uno. En todo lo que has dicho yo lo secundo a un 90%.
Aunque, cuando yo dije que creo que los funcionarios estamos peor, me refería centrándolo en la seguridad social: prestaciones, condiciones de cada prestación, excepciones, márgenes de decisión de fechas, porcentajes, etc.
Por ejemplo creo que era la jubilación parcial que hasta hace poco la Admon. no quería ni oir hablar de ella y cada uno que se encabezonaba y lo llevaba al contencioso, lo ganaba. Pero la Admon. seguía en sus trece con los siguientes, que no y que no. (la prevaricación debe existir solo para acusar a los jueces que no quieren hacer lo que dice el gobierno...).
Pienso muy similar a ti Juanjo. Al final es todo una percepción subjetiva de cada individuo que viene condicionada por muchos factores personales y del entorno propio de cada uno. En todo lo que has dicho yo lo secundo a un 90%.
Aunque, cuando yo dije que creo que los funcionarios estamos peor, me refería centrándolo en la seguridad social: prestaciones, condiciones de cada prestación, excepciones, márgenes de decisión de fechas, porcentajes, etc.
Por ejemplo creo que era la jubilación parcial que hasta hace poco la Admon. no quería ni oir hablar de ella y cada uno que se encabezonaba y lo llevaba al contencioso, lo ganaba. Pero la Admon. seguía en sus trece con los siguientes, que no y que no. (la prevaricación debe existir solo para acusar a los jueces que no quieren hacer lo que dice el gobierno...).
Invitado- Invitado
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