Es legal atender público por la tarde sin APC?
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Vardo, dices que no tienen derecho al nivel 17 si no atienden al público? y si te digo que a quien yo me refiero no solo no tiene el 17 sino que trae un 22 con una de esas famosas adcripciones de correos?, con lo que eso supone en su sueldecillo, mas el acuerdo de prejuvilacion con el que venía, y lo del Ordenanza,,, no estes tan seguro de que no está por el foro.
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
vardo escribió:Respecto al abuelo... bueno, si yo pudiera pedirme un horario me pediría el suyo.
¿Seguro? Mira que yo no tengo eso del APC, tengo si un 17 de 17/12/2007, y la exclusiva va implícita en el puesto de trabajo. 37:30 horas semanales con unaq mayor "libertad" en hacerlas en una, dos o cuatro tardes.
Hay una pequeña e insignificante peculariedad que a diferencia de tí y de algunos otros, llego a ser tan amable con mi querido y amado público que no solamente no le espero en la oficina, calentito en invierno, fresquito en verano, soy de un amable tal que voy a su casa o a su fábrica o a su tienda o a su taller para decirles cosas que le son de un agradable que tira de espaldas. ¿O te crees que solamente consiste mi trabajo en mandar cartas y notificaciones? Solamente si llueve no voy a visitarlos, pero si no llueve si voy y sin ordenador que me diga toda la información. La "casa" no tiene dinero para darnos ordenadores portátiles ni conexión wi-fi, si lo tiene para regalarselos a los informáticos de Madriz.
[Por cierto y aprovechando que por aquí hay algunos de CAISS e INSS ¿Os creéis que los Seguros Sociales los pagan religiosamente? ¿Sabéis que existen las Unidades de Recaudación Ejecutiva que se encargan de cobrar a aquellos que no pagan? El otreo día me llama una de un CAISS y me pregunta ¿Vais a visitar Y EMBARGAR SUS BIENES a los que no pagan los Seguros Sociales? Sorprendiose la muchacha cuando le dije que si; que hay funcionarios que visitan a aquellos que no pagan los seguros sociales, ya sean autónomos, ya sen empresas. No creo que en este foro haya ningún tonto que se crea que todos lo pagan religiosamente y sin chistar.]
A lo que iba; vardo : hago horario de exclusiva pero con un complemento distinto al de exclusiva, y tengo otra productividad distinta a los del resto, pero esa otra productividad va en función de la gestión realizada y es una gestión palpable y verificable donde se incluye el chupar frio en la calle en invierno y en asarse de calor en verano. Que no todos estamos en una DP con los huevos bien calentitos.
El abuelo Cebolleta- Mensajes : 1001
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Localización : En un lugar de cuyo nombre no quiero...
Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
El abuelo Cebolleta escribió: 37:30 horas semanales con unaq mayor "libertad" en hacerlas en una, dos o cuatro tardes.
O en ninguna, también tienes esa posibilidad ¿verdad?
El abuelo Cebolleta escribió:¿O te crees que solamente consiste mi trabajo en mandar cartas y notificaciones?
¿Dónde he dicho yo tal cosa?
Hay que ver lo que inventas, abuelo...
El abuelo Cebolleta escribió: pero esa otra productividad va en función de la gestión realizada y es una gestión palpable y verificable
Regala ese hueso a otro perro que quiera morderlo...
De cualquier manera, todo esto sigue sin tener relación con el asunto de este hilo.
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Abuelo, en mi admon. hace años que no sale nadie de la URE a la calle salvo para el almuerzo de las 11 y fíjate que curioso, en el desliz que cometio algún sindicato de publicar las productividades de URES, están de los primeros
Vardo, alguno hay ya en contencioso, otros esperaremos a hacer los dos años en la santa casa, vamos a ser unos poquitos, unos con carta de los jefes diciendo que al cumplir los dos años nos dan el 17 y otros sin ella.
saludos
Vardo, alguno hay ya en contencioso, otros esperaremos a hacer los dos años en la santa casa, vamos a ser unos poquitos, unos con carta de los jefes diciendo que al cumplir los dos años nos dan el 17 y otros sin ella.
saludos
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Yo estoy en esto con el Abuelo ¿En que ley dice que no se atiende al público por la tarde?Lo de que se atiende por la mañana es una instrucción de funcionamiento que se puede cambiar en cualquier momento. Por otro lado, si la gente está en la oficina por la tarde, me parece genial que se de atención al público por la tarde y se facilite el acceso a los ciudadanos, cuando yo tengo que hacer una gestión me viene genial que abran por la tarde.
Otra cosa es que estemos en contra de trabajar por la tarde. Yo por ejemplo NO COBRO LAS TARDES, no digo que no las trabajo porque hay mucha gente que las cobra y no las trabaja. Está muy bien cobrar las tardes para no ir o ir a no hacer nada...ahora si tengo que atender al público, entonces no es legal...no j....
Otra cosa es que estemos en contra de trabajar por la tarde. Yo por ejemplo NO COBRO LAS TARDES, no digo que no las trabajo porque hay mucha gente que las cobra y no las trabaja. Está muy bien cobrar las tardes para no ir o ir a no hacer nada...ahora si tengo que atender al público, entonces no es legal...no j....
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Elena, cuando dices que los que tenemos exclusiva no trabajamos por las tardes y solo las cobramos estás haciendo una generalización de muy mal gusto. Y no digo más porque no es el tema de este hilo la buena o mala fama de los funcionarios. Por otra parte cuando dices que lo de atender público por la mañana y no por la tarde es una instrucción que se puede cambiar en cualquier momento, lo que haces es elaborar una hipótesis que no basas en una ley, sentencia... No digo que tu hipótesis no pueda ser cierta. Pero admite que también puede ser cierta la mia, ya que los horarios no se puede cambiar así como así, tiene que haber una negociación sindical previa (esta en una ley del 2005 que colgó un compañero en una respuesta más arriba). La cuestión és si el horario pactada ahora mismo en la TGSS permite este cambio, de un dia para otro. Yo creo que no, máxime si tenemos en cuenta la existencia de las jornadas APC (si bien es verdad que hay muy pocas).
Por otra parte emites un juicio de valor acerca de mi ética profesional, ya que no quiero atender público por las tardes si no estoy obligado. Esto también me parece de mal gusto. Vuelvo a decir que pongo lo mejor de mi mismo para atender bien al funcionario (bastante mejor de lo que le gustaria a mis actuales superiores, que invierten su tiempo y esfuerzo en elaborar estratagemas para echar al ciudadano de la silla cuanto antes. Así las estadísticas les salen bonitas y a lo mejor pasar a desempeñar el cargo con carácter definitivo). Pero que ponga lo mejor de mi mismo para atender al ciudadano no quiere decir que trabaje gratis. Vuelvo a decir que trabajo a cambio de dinero. Gracias a Dios no estoy en la hosteleria o en un supermercado (estuve en telepizzas y bares antes de ser funcionario, y a mucha honra) y creo que puedo reclamar el cumplimiento de la legislación sin que se me apedree por ello. Me favorezca o no esa legislación.
Por otra parte emites un juicio de valor acerca de mi ética profesional, ya que no quiero atender público por las tardes si no estoy obligado. Esto también me parece de mal gusto. Vuelvo a decir que pongo lo mejor de mi mismo para atender bien al funcionario (bastante mejor de lo que le gustaria a mis actuales superiores, que invierten su tiempo y esfuerzo en elaborar estratagemas para echar al ciudadano de la silla cuanto antes. Así las estadísticas les salen bonitas y a lo mejor pasar a desempeñar el cargo con carácter definitivo). Pero que ponga lo mejor de mi mismo para atender al ciudadano no quiere decir que trabaje gratis. Vuelvo a decir que trabajo a cambio de dinero. Gracias a Dios no estoy en la hosteleria o en un supermercado (estuve en telepizzas y bares antes de ser funcionario, y a mucha honra) y creo que puedo reclamar el cumplimiento de la legislación sin que se me apedree por ello. Me favorezca o no esa legislación.
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Espuertas, yo no he visto que Elena vaya en contra tuya, constata un hecho que algunos podemos comprobar si aparecemos alguna tarde por el trabajo. En mi caso, yo tampoco cobro la 1.2 (tardes), cuando alguna tarde me toca recuperar, me encuentro con la charleta bien montada hasta la hora de irse a casa. Hay gente que trabaja, es cierto, otra aparecen por allí fichan y a cobrar las tardes que la cosa está muy achuchada y no es una crítica hacia quien cobra esa productividad, tan solo constatar que sin necesariamente generalizar, las tardes no son otra cosa que una forma de adecentar la nómina y se nota menos ambiente de trabajo que por la mañana. Es mi experiencia en las distintas unidades por las que he pasado que, repitoo, no es generalizable.
En el CAISS, donde ahora trabajo, por las tardes lo que se hace es una atención al público con cita previa y esta asumido como algo propio del CAISS, eso si solo se atiende a las personas citadas, no se permite la entrada a quien no tenga la correspondiente cita.
En el CAISS, donde ahora trabajo, por las tardes lo que se hace es una atención al público con cita previa y esta asumido como algo propio del CAISS, eso si solo se atiende a las personas citadas, no se permite la entrada a quien no tenga la correspondiente cita.
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Gracias Autilla, ya conocía la existencia de la cita previa en el CAISS. Pero, si no me equivoco, las condiciones de TGSS i CAISS son distintas (por ejemplo, en mi provincia al menos, vosotros podéis renunciar a la media hora del desayuno y así salir media hora antes todos los dias; esta posibilidad en TGSS no existe).
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Alguno ha pensado en la posibilidad de que se hayan dado las tardes a todo el que la ha querido con la única finalidad de empezar a abrir por las tardes, fuera de las que abren porque alli hay gente con el APC o con cita previa como comenta Autilla.......huele a encerrona.....
saludos
saludos
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Re: Es legal atender público por la tarde sin APC?
Espuertas en mi provincia ni el CAISS, ni la Administración, compartimos edificio, salimos antes que el resto de la D.P. Eso de renunciar al desayuno debe ser algún acuerdo muy particular que se produzca en algún lugar, desde luego, no se trata de nada generalizable ni a los CAISS, ni al resto de la RED LOCAL, sea esta de la tesorería o del INSS.
La intención, Torrijas, era esa, de hecho el acuerdo Administración sindicatos 2002/2004, me pueden bailar un tanto los años, precursor del actual EBEP, ya hablaba de pasa sobre ese asunto, y la hora de hablar de horarios disponía que de cara al futuro en la Administración solo habría un horario de mañana y tarde. Claro está, que si el fin real fuera el de atender por la tarde y hablan de homogeneizar horarios para adaptarlos a los europeos, eso no serviría para ofrecer una atención real al público en horario de tarde, en Europa las oficinas, tiendas... cierran a las 18 horas, aquí, como muy pronto a las 20 horas, luego la única solución para atender al público por la tarde de forma generalizada sería ir en el sentido inverso al quieren ir, esto es, crear nuevas plazas para atender un turno de de tarde, por ejemplo de 15 a 22. Lo demás es querer y no poder, una patraña.
La intención, Torrijas, era esa, de hecho el acuerdo Administración sindicatos 2002/2004, me pueden bailar un tanto los años, precursor del actual EBEP, ya hablaba de pasa sobre ese asunto, y la hora de hablar de horarios disponía que de cara al futuro en la Administración solo habría un horario de mañana y tarde. Claro está, que si el fin real fuera el de atender por la tarde y hablan de homogeneizar horarios para adaptarlos a los europeos, eso no serviría para ofrecer una atención real al público en horario de tarde, en Europa las oficinas, tiendas... cierran a las 18 horas, aquí, como muy pronto a las 20 horas, luego la única solución para atender al público por la tarde de forma generalizada sería ir en el sentido inverso al quieren ir, esto es, crear nuevas plazas para atender un turno de de tarde, por ejemplo de 15 a 22. Lo demás es querer y no poder, una patraña.
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