Situación en la que se queda si se incorpora un funcionario por sentencia, a una plaza en propiedad
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Situación en la que se queda si se incorpora un funcionario por sentencia, a una plaza en propiedad
A ver si me podeis ayudar:
Un funcionario (A) recurre una resolución por la que se provee una plaza, y la sentencia falla a su favor. ¿Qué ocurre con el que está ocupando la plaza, a quien se le adjudicó en la resolución recurrida (B)?
Si éste último (B) debe volver a su plaza anterior, ¿qué ocurre si ésta ya se ha adjudicado a otro (C) en un conurso de traslados posterior? Se quedaría el actual propietario (C) de la plaza sin ella?.
Muchas gracias por adelantado a vuestras respuestas.
Un funcionario (A) recurre una resolución por la que se provee una plaza, y la sentencia falla a su favor. ¿Qué ocurre con el que está ocupando la plaza, a quien se le adjudicó en la resolución recurrida (B)?
Si éste último (B) debe volver a su plaza anterior, ¿qué ocurre si ésta ya se ha adjudicado a otro (C) en un conurso de traslados posterior? Se quedaría el actual propietario (C) de la plaza sin ella?.
Muchas gracias por adelantado a vuestras respuestas.
Invitado- Invitado
Re: Situación en la que se queda si se incorpora un funcionario por sentencia, a una plaza en propiedad
Pues ahora imagina que la plaza a la que iría el "despojado" la tuviera un funcionario por oposición pura y dura como primer destino. Ése no tendría adonde ir.
Invitado- Invitado
Re: Responder citando Re: Situación en la que se queda si se incorpora un funcionario por sentencia, a una plaza en propiedad
No, el funcionario B obtuvo la plaza mediante concurso de traslados, no es funcionario de primer ingreso. ¿Alguna idea? ¿Sentencias o dictámenes o algo similar?
Invitado- Invitado
Faltan datos
A.- El funcionario A, que impugna?:
1.- Un concurso de traslados?
Si la respuesta es que si, la plaza que tiene el funcionario B es del mismo concurso impugnado o de otro anterior?
2.- La provisión de plaza tras nombramiento como funcionario?
B.- Seguro que la sentencia no dice nada al respecto?
1.- Un concurso de traslados?
Si la respuesta es que si, la plaza que tiene el funcionario B es del mismo concurso impugnado o de otro anterior?
2.- La provisión de plaza tras nombramiento como funcionario?
B.- Seguro que la sentencia no dice nada al respecto?
Invitado- Invitado
Re: Situación en la que se queda si se incorpora un funcionario por sentencia, a una plaza en propiedad
Veo que no he dado sufieciente información:
El funcionario A recurre un concurso de traslados, porque considera que la puntuación obtenida no fue justa. El funcionario B obtuvo la plaza por concurso de traslados y se valoraron sus méritos mejor que los de A, ninguno de los funcionarios es un recién llegado a la Administración.
Estoy especulando, porque la sentencia aún no ha salido. Cuando salga puede ser favorable totalmente a A, favorable en parte o desfavorable. En el primer caso, el comité de valoración del concurso se tendría que volver a reunir y valorar nuevamente los méritos de A y de B. Mi duda (yo soy el C) es: si se asigna la plaza a A, qué pasa con B y, si éste vueleve a la plaza que está ocupando C (su destino anterior), qué ocurre con este último, que ha obtenido su plaza en concurso de traslados y en principio no tiene nada que ver con todo lo anterior (está afectyado por "carambola")
El funcionario A recurre un concurso de traslados, porque considera que la puntuación obtenida no fue justa. El funcionario B obtuvo la plaza por concurso de traslados y se valoraron sus méritos mejor que los de A, ninguno de los funcionarios es un recién llegado a la Administración.
Estoy especulando, porque la sentencia aún no ha salido. Cuando salga puede ser favorable totalmente a A, favorable en parte o desfavorable. En el primer caso, el comité de valoración del concurso se tendría que volver a reunir y valorar nuevamente los méritos de A y de B. Mi duda (yo soy el C) es: si se asigna la plaza a A, qué pasa con B y, si éste vueleve a la plaza que está ocupando C (su destino anterior), qué ocurre con este último, que ha obtenido su plaza en concurso de traslados y en principio no tiene nada que ver con todo lo anterior (está afectyado por "carambola")
Invitado- Invitado
Ya tienes por donde empezar:
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 18 de mayo de 2001, recaída en el recurso de apelación 16/2001 a instancia del Ministerio de Educación y Cultura, en la que con estimación del citado recurso, revoca la sentencia de instancia y argumenta que la readjudicación "en cascada" como consecuencia de las estimaciones de recursos administrativos resulta contraria al principio de seguridad jurídica, por lo que se considera ajustado a derecho la posibilidad, como así se recogen en la normativa específica, de que se produzca el desplazamiento de un profesor con destino definitivo como resultado de sentencia estimatoria o resolución administrativa, y que el funcionario afectado, hasta tanto obtenga un nuevo destino definitivo por los procedimientos establecidos, pueda otra entre su adscripción provisional en la provincia de origen o en la que obtuvo el destino que se anula.
http://www.boe.es/boe/dias/2009/02/09/pdfs/BOE-A-2009-2179.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/General/Legislacion/scripts/Resolucion.asp?Id=3351&categoria=383
(P.D. si tengo un poco de tiempo, busco mas cosas y lo comentamos)
http://www.boe.es/boe/dias/2009/02/09/pdfs/BOE-A-2009-2179.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/General/Legislacion/scripts/Resolucion.asp?Id=3351&categoria=383
(P.D. si tengo un poco de tiempo, busco mas cosas y lo comentamos)
Invitado- Invitado
Gracias
Gracias, QtalTas. Me había vuelto loco buscando algun antecedente, sabiendo que los debe haber a puñados, pero no había tenido éxito.
No he podido conseguir la Sentencia de la Audiencia Nacional de 18 de mayo de 2001 que indicas, pero veo que se la cita en algunas disposiciones. Me parece lógico que no haya readjudicaciones en cascada en aras de la seguridad jurídica;
En el caso de la orden de 4 de julio de 2005 (uno de los enlaces que adjuntas), se cumple lo indicado por la sentencia de la AN del 2001: se adjudica la plaza a la recurrente y quien la ocupaba queda obligada a participar en sucesivos procedimientos de provisión de plazas con el beneficio de preferencia, por una sola vez y si hay plaza, a obtenerla en centros docentes de la localidad.
Sin embargo, por lo que veo, la resolución de la que adjuntas enlace de 27 de enero de 2009 sí que implica un descarrilamiento en cascada: el recurrente obtiene la plaza, el que era titular de esta pasa a su plaza anterior, y el que ocupababa ésta última cesa y ocupa la suya anterior que estaba ocupada por un interino (que cesa).
En fin, estoy más tranquilo, pero no del todo. Hay que esperar a que se publique la sentencia y ver cómo la ejecuta la Administración (en caso de que la sentencia sea favorable al recurrente).
Muchas gracias, y quedo pendiente del hilo por si alguien da alguna indicación más.
No he podido conseguir la Sentencia de la Audiencia Nacional de 18 de mayo de 2001 que indicas, pero veo que se la cita en algunas disposiciones. Me parece lógico que no haya readjudicaciones en cascada en aras de la seguridad jurídica;
En el caso de la orden de 4 de julio de 2005 (uno de los enlaces que adjuntas), se cumple lo indicado por la sentencia de la AN del 2001: se adjudica la plaza a la recurrente y quien la ocupaba queda obligada a participar en sucesivos procedimientos de provisión de plazas con el beneficio de preferencia, por una sola vez y si hay plaza, a obtenerla en centros docentes de la localidad.
Sin embargo, por lo que veo, la resolución de la que adjuntas enlace de 27 de enero de 2009 sí que implica un descarrilamiento en cascada: el recurrente obtiene la plaza, el que era titular de esta pasa a su plaza anterior, y el que ocupababa ésta última cesa y ocupa la suya anterior que estaba ocupada por un interino (que cesa).
En fin, estoy más tranquilo, pero no del todo. Hay que esperar a que se publique la sentencia y ver cómo la ejecuta la Administración (en caso de que la sentencia sea favorable al recurrente).
Muchas gracias, y quedo pendiente del hilo por si alguien da alguna indicación más.
Invitado- Invitado
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