Empleados públicos de la Seguridad Social
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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 16.05.12 19:55

hola holita,
es solo una curiosidad... La gente no entiende, por cierto, y antes de todo, que gracias a que soy funcionario de carrera y no me pueden despedir (toquemos madera), no defiendo a mi "empresa" (la SS), y cuando hace algo que no creo correcto, me permitiré criticarlo:

Me ha llegado por un ex-compañero mio de trabajo (yo tenia una vida, antes que esta, entre otros sitios, en una ong clown ), que cuando él va al CAISS a entregar solicitudes de Proteccion Familiar (PF), los funcionarios no le cojen la solicitud si no está rellenada la casilla del nº de la Seguridad Social...
En mi provincia esto ni lo miramos (la casillita, y nunca la solemos rellenar...). Esto me suena a medida pseudo-Xenofoba de la Administración, a órdenes interna de esa provincia.
Por supuesto, mi compañero va a la Tesoreria a que le den el nº de la SS y como está en vigor el nuevo periodo transitorio de no poder trabajar (por cuenta ajena), tampoco se lo dan...
Total, circulo vicioso, para no conceder prestaciones a Extranjeros, sí, solo a extranjeros...
Por supuesto, ya le he aconsejado varias medidas a tomar, le he dado la información pública del Infoexpress, donde sólo se pide Residencia legal en España (aparte de la documentación normal, sin que conste en ningún lado la obligatoriedad del número de la SS)... y le ha aconsejado que insista en presentarlo, que se lo requieran por escrito, si algun jefazo quiere, y que se lo cancelen o/y deniegen a ver en que base jurídica... Y que pida la hoja de reclamaciones.

¿os suena este tema de algo?
Saluditos. Cool

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 17.05.12 0:08

Se suele poner los temas en el panel de "General" como mejor remedio dejando en manos del Administrador redirigirlo a su panel correspondiente. ¿Donde se debería poner este tema?
Se empieza hablando de "la empresa" y tal vez debería ir al panel "Profesional" o incluso "Laboral" pero a continuación se expone un argumento que podría encajar más bien en "Sociedad"
Deberíamos procurar separar lo que es meramente trabajadores de una empresa que se llama Seguridad Social de lo que legisla y hace esa empresa. Al fin y al cabo trabajamos en una empresa de seguros y seguro que a los que trabajan en la Mutua Madrileña tal vez no les guste recordar a sus abonados la letra pequeña. Ahí donde dice que estás cubierto a todo riesgo excepto si te ocurre la desgracia de lo que presuntamente estás cubierto. Tienes seguro de fallecimiento excepto (está escrito en la letra pequeña), si te mueres.
Una cosa es la empresa que nos paga que se llama Seguridad Social y otra diferente es la Seguridad Social que cubre ante la falta de recursos de las personas aseguradas que, obligatoriamente, es todo aquel que desarrolla una actividad laboral con remuneración. Quien está afiliado y paga tiene derechos, como en cualquier compañía de seguros. Y el que no paga el Estado es quien sufraga esa falta de pago; por ejemplo las pensiones no contributivas.
Así separemos la parte profesional de la parte social, y dado que es un tema de Sociedad ahí queda.

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 17.05.12 18:33

jeje, Guzman, no lo puse por poner en General, me ley las acepciones de todas las posibilidades:
Laboral: Espacio para contar lo que nos sucede a diario en el trabajo
Profesional: Temas sobre normativa del funcionariado o del personal laboral, permisos, licencias, salarios, complementos, productividades, etc
Y General:Asuntos generales que no correspondan a otros apartados específicos...

Dude entre Laboral y General, ya que Profesional, pues no es un tema de permisos, licencias, salarios... etc... Nunca se me hubiera ocurrido ponerlo en Sociedad: Porque fuera de la oficina también suceden cosas (foro off-topic)., pero dejo a tu elección su ubicacion.

Yo lo considero un problema de normativa, y de "órdenes" internas (que las hay)...

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 18.05.12 17:31

JuanjoVal escribió:
Yo lo considero un problema de normativa, y de "órdenes" internas (que las hay)...

Por supuesto que las hay y bien nos libraremos de no cumplirlas. Para eso estamos ; para hacer que se cumplan.
Y si esas normas y Leyes que tenemos que hacer cumplir repercuten en la Sociedad tiene que discutirse en el panel adecuado.

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 18.05.12 21:12

Gaspar de Guzmán escribió:
JuanjoVal escribió:
Yo lo considero un problema de normativa, y de "órdenes" internas (que las hay)...
.
Y si esas normas y Leyes que tenemos que hacer cumplir repercuten en la Sociedad tiene que discutirse en el panel adecuado.

¿tan dificil es de entender?? scratch No quiero hablar sobre el bien o mal, sobre inmigrantes sí o no...

- Solo pregunto sobre cuales son esas normas y leyes que digan que es necesario tener número de la Seguridad Social para pedir prestaciones.... y mas si éstas son en un modalidad NO contributiva (como es la Protección Familiar),

- qué es lo que hacen los demas compañeros de los CAISS de las diferentes provincias con este tema, o/y si tienen ordenes internas al respecto de este colectivo

- Cómo se regula ahora la Asignación de número de la Seguridad Social para estos colectivos

Por supuesto, cada uno puede responder lo que quiera.... pero mi intención no era hablar sobre la sociedad...

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 18.05.12 21:39

Entonces si. Me he equivocado de panel. Sería más próximo a "Laboral" o incluso a "Profesional" pero esto último no ya sobre nuestra normativa interna sino para hablar sobre la normativa que debemos hacer cumplir y que nos dictan no ya nuestros jefes sino los legisladores.
Bueno, si tal vez.

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 19.05.12 12:28

La prestación familiar se puede pedir aunque no se tenga número de afiliación, también una pensión de viudedad se puede solicitar sin número de afiliación, por ejemplo.

Nuestra obligación es recoger la solicitud y asignarle un número de afiliación desde el caiss(Asignación de NAF desde entidades externas, APF06)

La pregunta sería: ¿Envían al público a la Tesorería cuando sólo piden la pf los rumanos o búlgaros? ¿Lo hacen cuando alguien solicita viudedad sin NAF?

No sé yo, puede ser desconocimiento, xenofobia, clasismo, no tener ganas de trabajar...

En nuestro caiis recogemos solicitud, con los documentos necesarios, que yo sepa el NAF no está entre ellos.

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 19.05.12 14:36

keslokes escribió:La prestación familiar se puede pedir aunque no se tenga número de afiliación,
En nuestro caiis recogemos solicitud, con los documentos necesarios, que yo sepa el NAF no está entre ellos.

En el mio hacemos lo mismo... Y todas las semanitas le doy número de la Afiliacion a alguna viuda que le aprobamos la pensión y desde trámite no le dan número (ni asistencia sanitaria como titular en la cartita que se le envia la Resolución, y hacemos volver a la pobre mujer con el susto en el cuerpo cuando ha ido al médico y le han dicho que no le atienden)... scratch
Yo tengo dudas de que el tema sea del funcionario del CAISS (que no quiere recojer las solicitudes sin NAF) o de órdenes internas en dicha provincia (Valencia, o ese CAISS)... Pero si es un tema del funcionario... es para que se lo hagan mirar, no creo...

Y como admito mi desconocimiento sobre múltiples temas de Tesoreria... ¿Si una persona va pedir su número de Afiliación a Tesorería se lo dan? ¿que hace falta a parte del TA1? ¿Si es bulgaro o rumano no se lo dan -ya que no pueden trabajar por cuenta ajena-? ¿es esto legal? Porque dejarlos en un limbo sino juridíco, sí adminsitrativo, si no tienes NAF, no puedes pedir la Prestación, y en Tesoreria la solicitud del NAF se queda en un cajón... No lo veo ni claro, ni legal.... Y mas cuando en otras provincias no ponemos problemas...

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

Mensaje  Invitado 23.05.12 18:11

Hola, buenas tardes.
Si que es verdad que en la PF no hace falta ni es obligatorio el numero de la seguridad social. La otra prestacion que hay, la de prestacion familiar en familia numerosa, monoparental, etc (que dan mil euros) ahi si que se pide el NAF pero porque al capturar te lo pide obligatoriamente, sino, no puedes pasar de pantalla. Lo que se hace en mi caiss es comprobar primero si tiene naf o no y si no lo tiene, tenemos la orden de darles de alta en la transaccion que ha dicho el otro compañero. Si tiene toda la documentacion se captura.
Espero haberte ayudado. Un saludo

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La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS) Empty Re: La normativa en la Protección Familiar (rumanos/bulgaros sin nº SS)

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