Convenio especial de cotización para los afectados por la crisis
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Convenio especial de cotización para los afectados por la crisis
aaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa
Última edición por Chihuahua el 05.07.20 19:10, editado 1 vez
Invitado- Invitado
Re: Convenio especial de cotización para los afectados por la crisis
Observa:
https://loentiendo.com/convenio-especial-desempleados-de-larga-duracion/
o mejor
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/10554/4211
Estos convenios han existido siempre. No solamente por causas de la crisis. Los trabajadores de la banca o telefónica los han tenido siempre. aquellos que se jubilaban con 52 años; el Banco o Telefónica, o la empresa que fuera (casi siempre empresas muy fuertes y con riqueza, como por ejemplo NISSAN) ya suscribian estos convenios especiales. A los empleados les pagaban el 80% del salario y le suscribian un convenio especial que cotizaba el mismo Banco o empresa y además les hacian un seguro de renta vitalicia. Así cuando llegaban a la edad reglamentaria de 65 años cobraban el 100% de la pensión (revalorizable como a todos los jubilados/pensionistas ) y un vitalicio no revarolizable a por lo menos a los de los Bancos para compensar las posibles perdidas.
En el caso detrabajadores de empresas pequeñas que se hubieran quedado en desempleo también podían suscribir ese convenio, ¡¡PERO!! nadie pagaba ese convenio especial salvo el mismo desempleado. Generalmente duraban poco, al ser demasiado costoso ya que no solamente tienen que aportar la parte de la cutoa obrea sino además la cuota patronal sobre la base del último salario recibido en la misma empresa o, si el cotizante quería, sobre la base del Desempleo ( que era la base mínima).
Unas cantidades que a no ser tener un capital de corcholis no se podía sustentar.
Tendría que mirar como es este nuevo tipo de convenio.
https://loentiendo.com/convenio-especial-desempleados-de-larga-duracion/
o mejor
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/10554/4211
Estos convenios han existido siempre. No solamente por causas de la crisis. Los trabajadores de la banca o telefónica los han tenido siempre. aquellos que se jubilaban con 52 años; el Banco o Telefónica, o la empresa que fuera (casi siempre empresas muy fuertes y con riqueza, como por ejemplo NISSAN) ya suscribian estos convenios especiales. A los empleados les pagaban el 80% del salario y le suscribian un convenio especial que cotizaba el mismo Banco o empresa y además les hacian un seguro de renta vitalicia. Así cuando llegaban a la edad reglamentaria de 65 años cobraban el 100% de la pensión (revalorizable como a todos los jubilados/pensionistas ) y un vitalicio no revarolizable a por lo menos a los de los Bancos para compensar las posibles perdidas.
En el caso detrabajadores de empresas pequeñas que se hubieran quedado en desempleo también podían suscribir ese convenio, ¡¡PERO!! nadie pagaba ese convenio especial salvo el mismo desempleado. Generalmente duraban poco, al ser demasiado costoso ya que no solamente tienen que aportar la parte de la cutoa obrea sino además la cuota patronal sobre la base del último salario recibido en la misma empresa o, si el cotizante quería, sobre la base del Desempleo ( que era la base mínima).
Unas cantidades que a no ser tener un capital de corcholis no se podía sustentar.
Tendría que mirar como es este nuevo tipo de convenio.
El abuelo Cebolleta- Mensajes : 1001
Fecha de inscripción : 17/01/2010
Localización : En un lugar de cuyo nombre no quiero...
Re: Convenio especial de cotización para los afectados por la crisis
Esto es lo que he encontrado. Creo que falta el oportuno desarrollo reglamentario. E hicieron el cálculo y salía a pagar unos 6500€
"Convenio especial para afectados por la crisis.
Quienes acrediten, a la fecha de entrada en vigor de la norma reglamentaria que desarrolle esta modalidad de convenio, una edad entre los 35 y 43 años así como una laguna de cotización de al menos tres años entre el 2 de octubre de 2008 y el 1 de julio de 2018, podrán suscribir convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social para la recuperación de un máximo de dos años en el período antes descrito.
Dichas cotizaciones computarán exclusivamente a los efectos de incapacidad permanente, jubilación y muerte u supervivencia, llevándose a cabo en los términos que se determine reglamentariamente"
http://www.mitramiss.gob.es/es/Guia/texto/guia_14/contenidos/guia_14_32_2.htm
Si no me ha faltado por descubrir algo más actualizado...
"Convenio especial para afectados por la crisis.
Quienes acrediten, a la fecha de entrada en vigor de la norma reglamentaria que desarrolle esta modalidad de convenio, una edad entre los 35 y 43 años así como una laguna de cotización de al menos tres años entre el 2 de octubre de 2008 y el 1 de julio de 2018, podrán suscribir convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social para la recuperación de un máximo de dos años en el período antes descrito.
Dichas cotizaciones computarán exclusivamente a los efectos de incapacidad permanente, jubilación y muerte u supervivencia, llevándose a cabo en los términos que se determine reglamentariamente"
http://www.mitramiss.gob.es/es/Guia/texto/guia_14/contenidos/guia_14_32_2.htm
Si no me ha faltado por descubrir algo más actualizado...
Invitado- Invitado
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