Empleados públicos de la Seguridad Social
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MACRO 2019

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Mensaje  Invitado 11.12.19 18:36

yo estoy ya de los nervios

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MACRO 2019 - Página 40 Empty Novedades?

Mensaje  Invitado 12.12.19 12:17

De CSIF: "Ultima informacion sobre el macro: Ya está casi el anexo de puestos adjudicados y el de desiertos. Esperamos completarlo mañana (refiriéndose a hoy jueves). Con un poco de suerte el jueves o el viernes os enviaremos los anexos definitivos. Paciencia que no está siendo fácil. El anexo de adjudicaciones tiene 96.825 datos."

Visto en otro foro. Será verdad?

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Mensaje  Invitado 12.12.19 13:28

Lo del CSIF, de ser cierto, me reafirma en lo anacrónico de este sistema: si el programa no saca un listado automático podríamos estar asistiendo al próximo retorno de la máquina de escribir. Cualquier cosa.

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Mensaje  Invitado 12.12.19 14:20

Que salga ya que queremos ir al contencioso y cada vez somos más y a por todas

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Mensaje  Invitado 12.12.19 14:24

Mareado escribió:Lo del CSIF, de ser cierto, me reafirma en lo anacrónico de este sistema: si el programa no saca un listado automático podríamos estar asistiendo al próximo retorno de la máquina de escribir. Cualquier cosa.

Si, usan tecnología punta, como han dicho en el otro foro, una Olivetti del 73.
Pa flipar!

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Mensaje  Invitado 12.12.19 17:37

Como siempre, yo lo creeré cuando lo vea... Es decir, los rumores de sindicatos me merecen credibilidad 0.

A ver si para el próximo concurso tienen la humildad de reconocer todas las pifias de éste (y de los anteriores), preguntar a quienes saben (hay organismos donde los concursos se organizan y resuelven bastante mejor, porque peor, imposible) y enmendar todos los errores que estamos sufriendo. Parece mentira que sean compañeros de organismo quienes tramitan este concurso, de verdad... Les llegamos a tratar así de mal en un CAISS y nos ponen una queja, como poco. Que algunos nos jugamos mucho, la mayoría no son traslados en la misma localidad, caramba. Que hay familias esperando a ver qué pasa. Un poco más de transparencia, profesionalidad, seriedad e información no creo que sea mucho pedir....

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Mensaje  Invitado 13.12.19 10:28

Por fiiiiiiiiiiiinnnnnnnn!!!!!!!! Ya era hora!
Ya están los listados en la página del Mnisterio.

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Mensaje  Invitado 13.12.19 11:19

El cese será el 20 de enero de 2020 (20.01.2020)

Nota en la web del Ministerio:

(13 de diciembre de 2019) Finalizados los trabajos de la Comisión de Valoración, se hacen públicos los anexos que acompañan a la Resolución de 5 de diciembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso convocado por Resolución de 6 de marzo de 2019 en la Administración de la Seguridad Social que se publicará en el Boletín Oficial del Estado en las próximas semanas.

Tal y como consta en el punto quinto de la mencionada Resolución, el plazo de toma de posesión “comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles contados desde el día 20 de enero de 2020, fecha de efectos de la presente Resolución

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Mensaje  Invitado 13.12.19 11:36

Pues al fin han salido, sííí! Un viernes 13, qué cachondos...

Enhorabuena a los afortunados!
Y suerte en el contencioso a quienes reclaméis, a ver qué pasa.

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Mensaje  Invitado 13.12.19 11:48

Al final el rumor del sindicato era cierto!! Pues enhorabuena a los afortunados, especialmente a los gallegos que vuelven de la diáspora. Y a los que tengan que reclamar, suerte y que consigan sus plazas cerca de los suyos, que esta vida de nómadas es una mierda.

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Mensaje  Invitado 13.12.19 12:35

orquin escribió:El cese será el 20 de enero de 2020 (20.01.2020)

Nota en la web del Ministerio:

(13 de diciembre de 2019) Finalizados los trabajos de la Comisión de Valoración, se hacen públicos los anexos que acompañan a la Resolución de 5 de diciembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso convocado por Resolución de 6 de marzo de 2019 en la Administración de la Seguridad Social que se publicará en el Boletín Oficial del Estado en las próximas semanas.

Tal y como consta en el punto quinto de la mencionada Resolución, el plazo de toma de posesión “comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles contados desde el día 20 de enero de 2020, fecha de efectos de la presente Resolución
Entiendo que el cese ¿será el 21, 22 o 23 de enero? ¿ o el 20 ya cuenta como el primer día de los 3 que hay para cesar?.

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MACRO 2019 - Página 40 Empty orden de adjudicacion

Mensaje  Invitado 13.12.19 13:39

Alguien sabe, en los puestos que incluya a más de un adjudicatario, qué orden es el que figura en los listados publicados hoy? Porque no se corresponde con la puntuación y orden que generó el SOBA que sí es correcta.

Gracias

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Mensaje  vardo 13.12.19 14:02

Loyle escribió:Alguien sabe, en los puestos que incluya a más de un adjudicatario, qué orden es el que figura en los listados publicados hoy? Porque no se corresponde con la puntuación y orden que generó el SOBA que sí es correcta.

Gracias

¿Tiene trascendencia el orden del listado definitivo?

Lo trascendente (en mi opinión) es la adjudicación del puesto, no el orden del listado.
vardo
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Mensaje  Invitado 13.12.19 14:37

Aunque no sirva de mucho, y por mi derecho al pataleo, he presentado un recurso extraordinario de revisión contra la resolución del macro de 2015.

Lo he redactado en un 5 minutos, y no voy a peder más tiempo en ello, pero básicamente he puesto lo que está más abajo. He eliminado los nombres y apellidos de personas del macro de 2015, y me he basado que han aparecido documentos que evidencian que en el macro de 2015 hubo errores (entonces el plazo para reclamar es de 3 meses desde el conocimiento de esos hechos)

EXPONE:

Que mediante el presente escrito, interpongo extraordinario de revisión, contra la Orden ESS/2556/2015, de 5 de noviembre, por la que se resuelve el concurso, convocado por Orden ESS/207/2015, de 17 de marzo, en la Administración de la Seguridad Social, el que baso en los siguientes


HECHOS:

PRIMERO: Mediante Orden ESS/507/2015, de 17 de marzo, se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.
La base primera establecía:
“Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho Cuerpo o Escala”.

SEGUNDO: Mediante Orden ESS/2556/2015, de 5 de noviembre, se resuelve el concurso convocado por Orden ESS/507/2015, de 17 de marzo, en la Administración de la Seguridad Social.
En los listados definitivos se comprobó que a los funcionarios que tomaron posesión como C1 (al haber aprobado la promoción interna) en diciembre de 2014, y participaron en este macro concurso se les puntuó en trabajo desarrollado y en méritos del puesto los últimos 5 años con independencia del subgrupo en el que se hubiera desarrollado.
Muchos de los participantes que aprobaron la promoción interna  (Y PARTICIPARON EN EL MACRO DESDE EL SUBGRUPO C1), se les valoró tanto en tiempo de trabajo desarrollado (apartado 2 del baremo) y en méritos específicos (apartado 6 del baremo) el trabajo desarrollado en los puestos ocupados con independencia del subgrupo en el que se hubieran desarrollado.


TERCERO: Mediante Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Subsecretaría, se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social (Macro concurso de la Seguridad Social) publicada en el BOE de 18 de marzo.
El apartado 8 de la base primera establece al igual que en el concurso de 2015 “La certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho Cuerpo o Escala”.

CUARTO: Mediante Resolución de 5 de diciembre de 2019, de la Subsecretaría, se resuelve el concurso convocado por Resolución de 6 de marzo de 2019 en la Administración de la Seguridad Social.
En este concurso de méritos, se ha interpretado que solamente deben valorarse los méritos desde el subgrupo al cual se ha promocionado, siendo según esa Administración la interpretación correcta. De hecho, según manifestaciones de sindicatos, esa Administración ha reconocido que en los anteriores concursos no aplicaron esa base. Por consiguiente en la resolución del concurso del año 2015 se incurrido en errores que se han puesto de manifiesto tras la resolución del concurso el año 2019.
Con la resolución de este macroconcurso se ha evidenciado que esa Administración ha incurrido en errores de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

El art. 125 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que:
“1. Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
b) Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.
c) Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.
d) Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa a) del apartado anterior, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme”.


En su virtud,


SOLICITO que, teniendo por presentado este escrito, lo admita a trámite y dé por interpuesto recurso de extraordinario de revisión contra la Orden ESS/2556/2015, de 5 de noviembre, por la que se resuelve el concurso, convocado por Orden ESS/207/2015, de 17 de marzo, en la Administración de la Seguridad Social y


Anule dicha resolución del concurso y dicte una nueva realizando la interpretación correcta, según esa Administración, de la base primera en la que se dice “Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho Cuerpo o Escala”.

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Mensaje  Invitado 13.12.19 15:09

Para Vardo: si lo que cuentan son los puntos, el orden hay que respetarlo. Salvo que tu te jubiles pronto, los puntos y orden obtenidos ahora valen para el futuro... vamos, que eso ha pasado siempre

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Mensaje  vardo 13.12.19 16:53

Los puntos obtenidos valen.... ¡hasta el siguiente macro!

Sigo sin ver problema en el listado definitivo en el cual NO hay puntos, ni orden numérico alguno.
vardo
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Mensaje  Invitado 13.12.19 18:33

Es de entender que en el BOE saldrán los puntos. Es lo que espero, la adjudicación resulta de esos puntos. El listado definitivo en consecuencia, salen las adjudicaciones sin orden alguno. Así de claro y transparente

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Mensaje  Invitado 13.12.19 19:05

Yo también he impugnado el Macro 2015, mediante recurso extraordinario de revisión, pero por error de hecho, que se desprende de los propios documentos incorporados al expediente (4 años, lo impugné hace un par de semanas). Si aplican en el 15 el criterio del 19, pillo plaza donde me interesa. O si respetan el criterio en el 19 (cosa que no hacen). Como no pillo, es si en aplicación de base idéntica cada día haces una cosa arbitaria. Le voy a plantear a la abogada los dos frentes, en cuantos se resuelva este timo que llaman concurso.

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Mensaje  El abuelo Cebolleta 13.12.19 19:15


http://www.mitramiss.gob.es/es/informacion/oposicion/oposiciones0/AdministracionSS_2019/AnexoI-puestos-adjudicados.pdf
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Mensaje  Invitado 13.12.19 20:38

Buenas tardes,
Una vez que se ha publicado el listado definitivo, os escribo para recordaros de que hay alguna persona afectada por el punto 8 de la base primera del macro 2019 que dice textualmente "el personal funcionario que pertenezca a dos cuerpos o más escalas del mismo o distinto subgrupo sólo podrá participar en el concurso desde uno de ellos. La certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho cuerpo o escala".
Por favor escribirnos por privado a Marilo o a mi para añadiros al grupo de WhatsApp que hemos creado para emprender acciones legales una vez que se publique en el BOE.
Cada día somos más, a por todas! 💪

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Mensaje  Invitado 14.12.19 15:46

Marilo, Cordobita, os envié a ambas un mensaje por privado, para que, por favor me añadáis al grupo de whatsapp (acciones legales). Pero se me queda en la bandeja de envio, no me pasa a elementos enviados, ¿estoy haciendo algo mal? Si no, os doy aquí mi teléfono como último recurso (tampoco es que se vaya a morir nadie, además es mio, no de un tercero).

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Mensaje  Invitado 14.12.19 18:00

REPOLO escribió:Marilo, Cordobita, os envié a ambas un mensaje por privado, para que, por favor me añadáis al grupo de whatsapp (acciones legales). Pero se me queda en la bandeja de envio, no me pasa a elementos enviados, ¿estoy haciendo algo mal? Si no, os doy aquí mi teléfono como último recurso (tampoco es que se vaya a morir nadie, además es mio, no de un tercero).

REPOLO, escribe urgentemente a Mariló, en esta dirección.


mlopezlopez79
@
hotmail.com

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MACRO 2019 - Página 40 Empty Re: MACRO 2019

Mensaje  Invitado 14.12.19 21:13

Hola, Mariló te he escrito al correo que pone Repolo para que me me unas al grupo whatsapp.

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MACRO 2019 - Página 40 Empty El colmo

Mensaje  Invitado 16.12.19 8:55

Ahora resulta que puestos de nivel 15 que estaban ocupados, se han reclasificado, y puestos vacantes no.
Con lo que, puede ser que alguien que pidió un C1C2 Nivel 15 se lleve un C1C2 Nivel 16, siempre y cuando estuviera ocupado y casos en que personas con más puntos no van a conseguir un 16.
Todo esto después de un análisis del listado en el cual aparecen puestos que cuando se solicitaron no existían.

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MACRO 2019 - Página 40 Empty Re: MACRO 2019

Mensaje  vardo 16.12.19 9:13

kucli escribió:Ahora resulta que puestos de nivel 15 que estaban ocupados, se han reclasificado, y puestos vacantes no.
Con lo que, puede ser que alguien que pidió un C1C2 Nivel 15 se lleve un C1C2 Nivel 16, siempre y cuando estuviera ocupado y casos en que personas con más puntos no van a conseguir un 16.
Todo esto después de un análisis del listado en el cual aparecen puestos que cuando se solicitaron no existían.

Esto es algo que ya ocurrió en el pasado.

Son las cosas que tiene nuestra empresa.
vardo
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