Empleados públicos de la Seguridad Social
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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 05.05.12 12:56

Por aqui seguimos igual... es decir, no hay instrucciones nuevas, y por tanto seguimos pidiendo lo mismo. Ahora bien, en cada DP, o CAISS, o en cada provincia igual se pide una cosa diferente... Así somos... Teoricamente, padrón y renta, pero teoricamente.... (a buen entendedor... Rolling Eyes )

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  El abuelo Cebolleta 06.05.12 21:11

JuanjoVal escribió:Esto es lo que pasa cuando se legisla "a lo bruto", y sin pensar en los miles de casos particulares. Como me tenga que comer estos marrones...


"Todo mi sueldo no llega para pagar la alimentación de mi hija"

A partir del 1 de julio habrá copago en productos sanitarios y.... ...//...En estos momentos la familia de Lucía no paga nada, ni por los batidos ni por los vendajes y apósitos. A partir del 1 de Julio el Real Decreto del ministerio de Sanidad instaura el copago en ambos productos. Belén nos ha dicho que no podrán asumir los gastos

Viva tranquila Lucia y su familia: Lucía es enferma crónica y por tanto seguirá sin pagar su medicación; y por otra parte el copago irá en función de la Renta y no en los sueldos que reciban.

Y para todos nos pasará igual. Sean pensionistas o trabajadores en activo.
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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 07.05.12 23:30

El abuelo Cebolleta escribió:
Viva tranquila Lucia y su familia: Lucía es enferma crónica y por tanto seguirá sin pagar su medicación; y por otra parte el copago irá en función de la Renta y no en los sueldos que reciban.

Y para todos nos pasará igual. Sean pensionistas o trabajadores en activo.

Yo encantado de que así sea. Pero igual no está recogido en el artículo, pero esa enfermedad NO tiene carácter de crónica (como muchas enfermedades raras, por cierto), y lo que hace este vendito Real Decreto que cosas que antes eran gratuitas, ahora se les saca de esa "cartera" de prestaciones y crean una "cartera común suplementaria" (lo llaman así), y para los trabajadores, no se paga en función de la renta real (porque diferenciar entre uno que gana menos de 18.000 y el proximo tramo, para los que ganen mas de 100.000, es un insulto a mi inteligencia), sino que pagan el 50% de la receta.

"a) Un 60 % del PVP para los usuarios y sus beneficiarios cuya renta sea igual o superior a 100.000 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b) Un 50 % del PVP para las personas que ostenten la condición de asegurado activo y sus beneficiarios cuya renta sea igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
c) Un 40 % para las personas que ostenten la condición de asegurado activo y sus beneficiarios y no se encuentren incluidos en los apartados a) o b) anteriores.
d) Un 10 % del PVP para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social, con excepción de las personas incluidas en el apartado a)."

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 08.05.12 0:33

Ya te digo, un decreto hecho con el culo, y después de dos semanas aún no tenemos ninguna instrucción que seguir. Pues seguiremos actuando como antes, mientras no cambien el infobass, el infoexpress, la página web....

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 08.05.12 19:05

Pues yo soy paciente crónico y pago mis medicamentos, hay una serie de medicamentos que se reconocen como crónicos(otros a pesar de serlos, no están reconocidos como tal, como los antiglaucomatosos) y por los que se paga un 10% hasta un tope de 2,65€.
Estos llevan una marca en el codigo de barras, creo que un punto y tienen un nombre muy raro y se pagan si eres activo hasta ese tope.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Un millon trescientos mil "problemillas"

Mensaje  Invitado 30.05.12 17:35

Bueno, bueno, ya se va sabiendo cosas... aunque con cuentagotas... Despues de una reunión de directores de Caiss en la DP, ya sabemos lo que temiamos... QUE VAMOS A PRINGAAAARRRRRR, de lo lindo....
A partir del 1 de Septiembre.... reforzaremos la seguridad en los Caiss.... Despues de no sé qué cruce de datos, van a dejar fuera de la cobertura sanitaria, sin asistencia, a un millon trescientos mil usuarios, han calculado...
Estos, cuando usen su tarjeta sanitaria les dirán que no, que vayan a su Caiss y que nosotros certifiquemos que tiene asistencia sanitaria, y con nuestro "P1", de vuelta a su centro de salud... Por supuesto, habrá que pedirle la documentación pertinente y ya hemos visto el modelo de solicitud...
Se va a crear una base de datos para ir "normalizandolo" o/y controlando al personal (por una parte, esto esta bien, ya que es un cachondeo que no haya una base de datos de Beneficiarios, por lo menos en mi comunidad autónoma, en otras sí).
Vaya veranito que nos esperaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa Cool Cool

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 30.05.12 18:58

jope juanjo, la que se avecina es chica

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 30.05.12 19:53

Buenas, no tengo delante las instrucciones, en ellas se dice que hay 1.300.000 personas de alta en la situación adicional de personas sin recursos, no quiere decir que les vayan a dar de baja, creo.

Supongo que harán cruces informáticos para dar de baja a los que no reúnan los requisitos. Sería de locos dar de baja de golpe a todas estas personas.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 30.05.12 20:39

Ese 1.300.000 de personas son las que puede se tiene en los ficheros de la Seguridad Social pero de los que la Hacienda Pública no sabe nada de ellos. Es casi bien seguro que muchos ni saben que están en los de la Seguridad Social y otros muchos estarán en alguna situación poco o nada regularizada. Por ejemplo desde hace ya muchos años cuando se empezaba el bachillerato se daba NUSS a los estudiantes porque pagaban el Seguro Escolar. Una forma "ficiticia" de aumentar los afiliados, y así como casi todos han seguido su vida laboral más o menos otros no.
También estarán los " irregulares " que por ejemplo sean autónomos paguen más o menos los seguros sociales pero trabajen en negro y no coticen a la Hacienda, casi todos los extranjeros.
Habrá que ver como vienen esas instrucciones y si tal vez no haya que derivar alguno hacia esa Hacienda.

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Mensaje  Invitado 31.05.12 19:20

Bueno, con calma y buena letra... se harán las cosas... la calma que ellos no tienen... Por ejemplo, en un correo de hoy ya rectifican uno de ayer... Anteayer se podia incluir a hermanos como Beneficiarios y ahora no... (no recuerdo que pone en el Real Decreto, pero es obvio que se va a desarrollar con normas internas de aplicación, las cuales no están ni mucho menos claras...)
El tema Beneficiarios... va a ser lo mas divertido... Se habla de cónyuge... o de parejas de hecho... ¿con un libro de familia donde no estén casados, que son muuuuuuchoooooosssss valdrá, no?
No sé exactamente de dónde sale el 1.300.000, pero me puede parecer incluso poco... Ya que como sabemos, en muchas Comunidades Autonomas no hay un registro de beneficiarios de asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social, y digo yo que en algún cruce con la base de datos de la Comunidad Autonómica aflorarán como churros... O tendremos que volver a inscribirlos en nuestros P1 y en nuestra "nueva" base de datos....
Por no hablar de los mayores de 26... Reconozco que me he impreso las órdenes pero aún no las he leído todas... Cool ... Y me temo que se dará de baja a muchos, para que empezemos casi "desde cero" a controlar al personal con la dichosa base de datos... Ya nos han dado de alta en las queridas transacciones ASQ01...al 5 pirat
Y encima que hay escanear en Sartido todas las solicitudes... con toda la documentación anexa.... Embarassed
Cada día hay cositas nuevas... Que bien, así el trabajo no es monótono y es mas divertido y entretenido... clown

Lo que mas me ha molado es una cosa que he aprendido hoy y reconozco no sabia, Caso Practico: Una mujer que era beneficiaria de su marido, pensionista, por tanto, beneficiaria de pensionista. Se va a cobrar del paro (RAI, o cualquier otra mandanga)... Pues despues, cuando acabe la prestación, la creada nueva situción del paro para Asistencia Sanitaria, la prórroga como Activa, la 221 (o el código que sea, 211), ya NO le permite volver a ponerse como Beneficiaria de pensionista... ja ja ja ja affraid Shocked Pero qué listos son nuestros gobernantes... A pagar!!!!

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 04.06.12 21:20

JuanjoVal escribió: Caso Practico: Una mujer que era beneficiaria de su marido, pensionista, por tanto, beneficiaria de pensionista. Se va a cobrar del paro (RAI, o cualquier otra mandanga)... Pues despues, cuando acabe la prestación, la creada nueva situción del paro para Asistencia Sanitaria, la prórroga como Activa, la 221 (o el código que sea, 211), ya NO le permite volver a ponerse como Beneficiaria de pensionista... ja ja ja ja affraid Shocked Pero qué listos son nuestros gobernantes... A pagar!!!!

Jeje, me rectifico a mi mismo, ya que Keslokes me hizo ver la luz. En este caso práctico, creo que es el único beneficioso para el usuario que he visto, aplicando la nueva Ley, ya que aunque no pueda ponerse como Beneficiaria de Pensionista, esto, con la nueva ley es bueno... aunque parezca mentira, ya que "tenia" la mentalidad de la Ley pasada, donde los pensionistas no pagaban. Ahora los pensionistas y beneficiarios van a copagar (repagar), y esta usuaria, ahora será Activa como Titular, y al estar desempleada y no cobrar, con la nueva Ley está exenta del copago... coffee

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty me gustaria conocer las instrucciones que teneis respecto al decreto ley 16/2012

Mensaje  Invitado 05.06.12 22:51

Buenas noches:
Trabajo en sanidad y todavía no nos han dado instrucciones sobre como actuar respecto a las personas sin recursos que nos solicitan asistencia , me gustaría conocer vuestras instrucciones si alguien me las pudiese enviar se lo agradecería.
Gracias
Un saludo

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Mensaje  Invitado 06.06.12 21:41

manuel lopez escribió:Buenas noches:
Trabajo en sanidad y todavía no nos han ...

La asistencia sanitaria, y también farmacéutica, irá en función del nivel de rentas que tenga el individuo/a y de esto tiene la Hacienda Pública suficientes datos como para decir quien debe pagar más o quien debe pagar menos. Todas las personas de las que esa Hacienda tenga noticias tendrán derecho a esa (precaria) asistencia sanitaria. El trámite que se seguirá ha sido que la Seguridad Social ha pasado su fichero de toda persona afiliada a la Hacienda; esta a su vez ha cruzado datos con sus ficheros propios y una vez confrontados los datos remitirá a la misma Seguridad Social los datos que a su vez transmitirán a los Servicios Públicos de Sanidad de cada CC.AA. A partir de aquí cada CC.AA. seguirá los criterios que crea pertinentes.
Por otra parte la Hacienda Pública o los presupuestos del Estado asignarán una cantidad de dinero por cada contribuyente (no necesariamente que paguen impuestos por el IRPF), y si una C.A. quiere dar asistencia a un "sin papeles" es cosa suya.
Ya tus jefes te darán las instrucciones pertinentes que seguro que ante la bronca mandarles al CAISS más cercano.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 08.06.12 16:45

Todos al CAISS que allí saben de todo y hacen de todo, a mi el otro día hasta unas croquetas me hicieron!!!

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 08.06.12 19:10

rescate1dejulio escribió:Todos al CAISS que allí saben de todo y hacen de todo, a mi el otro día hasta unas croquetas me hicieron!!!

Buenas, no sé en qué tono lo estás diciendo, supongo que corroboras que efectivamente hacemos multitud de cosas.

Dudo que haya muchos trabajos donde se realicen más tareas diferentes que en un Caiss. Si uno pretende ser un "gestor informador" eficaz, ágil, bien informado... debe dominar multitud de prestaciones, afiliación, recaudación, multitud de programas (Alfa, Iriss, Asia nacional e internacional, Prosa, Damián, Inca, Inca procesos especiales, muchas ATTs, muchas LBPs, Verificación de datos de residencia e identidad, transacciones del SPEE, página de extranjería... no sigo porque me canso hasta de recordarlos), debe dominar la informática a nivel de usuario, Sartido (escaneamos todo), Sicress (registramos casi todo); sistema de gestión de esperas Nemoq; programa nacional de cita previa,...

Bueno, a lo que vamos, la asistencia sanitaria. Con el nuevo programa, Asia, he probado a reconocer la asistencia sanitaria a un extranjero y permiso de residencia con efectos después del 24/04/2012. No lo reconoce, "sin derecho".

Es imprescindible que tengamos acceso a la web de extranjería para poder reconocer el derecho a extranjeros, comunitarios o no.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 08.06.12 22:16

Se llama programa damián, yo pensaba que era calle Damián..por cierto, gestor informador de prestaciones, los gestores informadores son de TGSS

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 09.06.12 12:10

Ale, a por los mas desgraciados......
En el día de los rescates, sale esto en el boe...
Los medicamentos de crónicos, aunque no están todos, como pastillas de la tensión, insulinas etc etc tenían la consideración de "aportación reducida", se pagaba un 10% con un tope de 2,64 euros, es decir,por ejemplo insulinas cuyo coste es de 70 euros, se pagaban 2,65 en la farmacia.
A partir del 1 de julio, se pasa a pagar 4,13.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/06/09/pdfs/BOE-A-2012-7708.pdf

Fijar en 4,13 euros la aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida.
Dicha aportación máxima se aplicará igualmente a los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica pertenecientes a los grupos de aportación reducida.
Asimismo, se aplicará a la participación en el pago a satisfacer por los enfermos de SIDA, de los medicamentos financiado por el Sistema Nacional de Salud dispensados a través de receta oficial.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 09.06.12 18:10

keslokes escribió:
Bueno, a lo que vamos, la asistencia sanitaria. Con el nuevo programa, Asia, he probado a reconocer la asistencia sanitaria a un extranjero y permiso de residencia con efectos después del 24/04/2012. No lo reconoce, "sin derecho".
Es imprescindible que tengamos acceso a la web de extranjería para poder reconocer el derecho a extranjeros, comunitarios o no.

Supongo que ya habreis hecho la oportuna consulta, que vosotros vais adelantados, jeje.. Aún no se ha dado el caso en mi CAISS. Entiendo que el permiso de residencia seria el primero, es decir, no es una renovación, y que sería extracomunitario... Y para activarlo en la situación 213, sin recursos.
No entiendo de que nos serviría el acceso a extranjeria. Lo que habría que solucionar es el fallo en nuestro programa, y eliminar esa fecha que sirve para "capar" el reconocimiento al derecho (por no hablar del fallo legal, aunque bueno, según ellos no es un fallo, a partir del 24/04/2012, lo que no vengan a trabajar, sean pesionistas,.., que vegan a residir, sin más, deben acreditar disponer de seguro de enfermedad).
Ya nos cuentas cómo acaba la cosa... Cool

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 09.06.12 20:17

No es ningún fallo, al contrario es lo que busca el Real Decreto, todo permiso posterior a esa fecha, para otorgarlo la persona debe traerse su asistencia sanitaria. Por lo tanto, es imprescindible saber la fecha de efectos del permiso, o sea, tener acceso a la web de extranjería.

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Mensaje  Invitado 13.06.12 21:52

http://www.europapress.es/catalunya/noticia-arquitecto-mataro-recibe-aviso-retirada-tarjeta-sanitaria-no-cotizar-20120613135141.html

"Un arquitecto de Mataró recibe un aviso de retirada de su tarjeta sanitaria por no cotizar
Directorio

Seguridad Social
Romero
Barcelona
Instituto Nacional Seguridad Social


Se Daclara 'Sin Recursos' Para Tener Sanidad
Foto: EUROPA PRESS

BARCELONA, 13 Jun. (EUROPA PRESS) -

Francesc Romero, arquitecto de Mataró (Barcelona) de 28 años, ha decidido declararse 'sin recursos' para poder garantizar su asistencia sanitaria en la Seguridad Social, después de recibir una llamada asegurándole que a partir del 1 de septiembre dejará de tener su tarjeta sanitaria actual, ha explicado en declaraciones a Europa Press.

Romero ha señalado que recibió una llamada de su centro de atención primaria (CAP) en la que le explicaron que hasta ahora su asistencia sanitaria estaba vinculada a lo cotización en la Seguridad Social de sus padres, pero como ya había cumplido 26 años "esto ya no podía seguir así", tal y como publica este martes 'El Periódico de Catalunya'.

En ese momento, Romero decidió acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para pedir explicaciones y le reiteraron que "no podía estar asegurado a través de sus padres" y que si quería seguir percibiendo la cobertura sanitaria debería demostrar que no tiene recursos, en cumplimiento del nuevo decreto sanitario aprobado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy.

El joven ha explicado que ha cotizado "unos nueve meses a la Seguridad Social" porque ha estado estudiando y solo ha podido trabajar en verano y durante las Navidades.

Sin embargo, ha señalado que no le "preocupaba" porque siempre había estado cubierto por la asistencia sanitaria de sus padres, un extremo que no será posible a partir de los 26 años si no se ha cotizado, según consta en el decreto del Gobierno central.

Romero, que para no perder la prestaciones sanitarias se ha declarado como una persona sin recursos, ha señalado que "no es lógico" que si sus padres han cotizado toda la vida, sus hijos no puedan estar vinculados a ellos.
"SE ESTÁN CARGANDO EL SISTEMA"

En este sentido, ha confesado estar disgustado y muy decepcionado porque están desmontando el sistema sanitario" y ha añadido que ha pensado en irse a trabajar fuera: "Parece que me están expulsando del país", ha lamentado.

Por su parte, fuentes del Ministerio de Sanidad Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad han asegurado que "en ningún momento" Romero corrió el riesgo de ser excluido de la cobertura sanitaria, porque el sistema reconoce que nadie puede quedar sin prestaciones de este tipo.

Asimismo, ha recordado que "tiene derecho a su tarjeta sanitaria pero tiene que demostrar que no tiene ingresos"."

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 14.06.12 0:06

" porque ha estado estudiando y solo ha podido trabajar en verano y durante las Navidades." Mañana y tal como ha ido al CAISS que se aproxime por la Inspección de Trabajo y denuncie a las empresas que le emplearon en verano y en las Navidades.

"ha señalado que "no es lógico" que si sus padres han cotizado toda la vida, sus hijos no puedan estar vinculados a ellos." Falso, si padece alguna enfermedad grave que le incapacite para el trabajo podrá seguir en la cartilla de sus padres. O verdadero; si este jovenzuelo me encuentre una compañía de seguros que le cubra lo que paguen sus padres que lo diga y nos apuntamos todos. "El Ocaso" por ejemplo cubre solamente a aquel que tiene asegurado, pero si solamente pagan los padres tendrán derecho a un tipo de entierro dependiendo de la cuota, pero no porque paguen los padres tienen derecho los hijos.

"arquitecto de Mataró (Barcelona) de 28 años, ha decidido declararse 'sin recursos' " ¿ DE qué vive? ¿¿Le mantienen sus papas? El ramo de la arquitectura está francamente mal tirando a peor, pero que no será el primer arquitecto que te encuentras repartiendo pizzas. ¿O tal vez trabaje en negro? No creo eso sería como cargarse el estado de Mal Estar, y si no declaramos mucho mejor. Que paguen Hacienda los tontos.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 16.06.12 14:24

Estará sin cobertura de asistencia sanitaria porque le habrán dado de alta alguna vez, pasó de beneficiario a titular, y ahora han detectado que está en pasivo. Al solicitar la inclusión como beneficiario se habrá enterado de que ya no puede. Ahora debe solicitar la asistencia sanitaria de personas sin recursos, pero tranquilo, que hasta 100.000 euros al año ya eres persona sin recursos.

Este decreto está hecho para echar a todos los inmigrantes sin papeles, y para no dar la residencia a los que vienen ahora, salvo que vengan con dinero y asistencia sanitaria.

Los españolitos debemos estar tranquilos, todos vamos a tener derecho, aunque seas un arquitecto que gane 99.000 euros al año, da igual si pagas o no. Si tienes nómina te descontarán la cuota de seguridad social, si eres arquitecto, procurador o de cualquier colegio no obligado a darse de alta, podrás solicitar la asistencia sanitaria de personas sin recursos.

¿No sería más lógico poner un límite más bajo? 20000 euros, por ejemplo. El que pueda pagarse un convenio especial, ¿por qué va a tener la asistencia gratuita?

Me parece que hay mucho colegiado familiar de los políticos, según ellos todo español debe tener derecho a la asistencia sanitaria (si es extranjero que se joda, no va tener los mismos derechos). Paíssssssssss

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty RD 16 2012 Incompetencia superlativa

Mensaje  Invitado 24.06.12 12:25

Desde que llevo en el INSS (en un CAISS), he visto chapuzas de leyes y ocurrencias varias. Ej. el famoso cheque bebe 2500 euros (anunciarlo sin sacarlo en el boe ni mandar instrucciones de antemano, para después de tener las oficinas llenas y al final se llevara el marrón hacienda -menos mal-), el certificado de maternidad y paternidad sin bases cuando se siguen necesitando, ... y muchas más de ese estilo, grandes despropósitos llenos de incompetencia de nuestras excelsas cúpulas directivas ...., pero la ley 16 2012 es la chapuza más grande que he visto y veré (eso espero, pero siempre acabo sorprendido de la capacidad de los políticos para superarse). Lo normal debería ser que para sacar una ley es que: Pienses lo que vas a hacer (planificación), después informes a sus aplicadores, estudies los medios que se disponen y prepararse para lo que se va ha hacer (implantación) y por ultimo seria su publicación en BOE y aplicación. Aquí en España se publica y se aplica y ya veremos cómo lo hacemos y cuando y cómo informamos. Dios santo como me asusta ver cómo y quienes nos dirigen. Son todos iguales ppsoe, pero muy a nuestro pesar lo que más les une es su incompetencia. Una pena para este país.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 25.06.12 17:35

estais aplicando el RD a rajatabla? lo digo pq en mi oficina no. Lo ven injusto por el tema de los inmigrantes y q ellos daran asist. sanitaria sin recursos q no pasa nada. Esto si q va a ser un caos cada uno haciendo lo q qiera y discutiendo con todos los extranjeros y luego un compañero lo mete en situacion adicional y punto.

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Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud - Página 2 Empty Re: Real Decreto 16/2012, de 20 abril, Sistema Nacional de Salud

Mensaje  Invitado 25.06.12 18:51

FDDO1 escribió: Lo ven injusto por el tema de los inmigrantes y q ellos daran asist. sanitaria sin recursos q no pasa nada.
Otras pascual, a ver, que sea injusto vale, lo comprendo y ya lo he manifestado, pero otra cosa es saltare a la torera el RD. y las instrucciones que nos pasan... Lo estamos aplicando, tal y como dicen las instrucciones (con las lagunas que aún tienen). Si vienen extranjeros sin permiso de residencia, no registrados ni autorizados como residentes en España, tenemos un Oficio hecho, donde se le explica que se le aplica el artículo 3 er de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, introducido por el Real Decreto Ley 16/2012 de 20 de abril, y que resumiendo recibirán asistencia en las modalidades de urgencia, accidente, embarazo y a los menores de 18, la misma que a los españoles....
Pero.... supongo que no te refieres a esto, ya que no creo que el sistema te deje dar de Alta con la 213, sin recursos, a un extranjero sin permiso de residencia, ya que te lo pide el programa.. ¿O te inventas tambien las fechas de validez de la residencia?... Shocked
Por la 213 es verdad que puedes meter a casi todo dios, y mas si amplian el tope de ingresos (a mi todos me ponen cero patatero.. espero que crucen con Hacienda), pero siempre y cuando tenga residencia legal en este, nuestro bonito país.... Cool

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